Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 2707/2024
San Andrés de Giles, 25/09/2024
Visto
Que el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria celebrada el día 19 de septiembre de 2024 , sancionó la ordenanza en virtud de la cuál se instruye al D.E. a dar cumplimiento a la ordenanza nº 2351/21, procediendo a la colocación de espejos parabólicos convexos en la intersección de las calles 501 y Sarmiento de esta ciudad, y
Considerando
Que el artículo 108º Inciso II de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que es facultad del Departamento Ejecutivo promulgar o vetar las Ordenanzas que sanciona el Honorable Concejo Deliberante.
Por ello el Intendente Municipal en uso de las facultades legales que le son propias:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Promulgar la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión Ordinaria celebrada el día 19 de septiembre del año 2024 en virtud de la cual se instruye al D.E. a dar cumplimiento a la ordenanza nº 2351/21, procediendo a la colocación de espejos parabólicos convexos en la intersección de las calles 501 y Sarmiento de esta ciudad , a efectos de cuyo registro llevará el nº 2717/24
ARTICULO 2º: Dar intervención a las áreas correspondientes, registrar ,comunicar y archivar la presente norma.
ORDENANZA N° 2717/24
VISTO:
La peligrosidad del cruce de las calles Sarmiento y 501 y:
CONSIDERANDO:
Que los vecinos que transitan por las calles 501 y Sarmiento han manifestado su preocupación por la peligrosidad de dicho cruce;
Que el parque automotor ha aumentado considerablemente en nuestra localidad en los últimos años,
Que la zona Oeste de nuestra ciudad, ha experimentado un crecimiento significativo en el último tiempo;
Que la calle Sarmiento es una arteria fundamental para la conexión entre los barrios de la zona Oeste y el resto de la ciudad;
Que la limitada visibilidad en el cruce de las calles 501 y Sarmiento, debido a la estreches de las veredas, representan un riesgo considerable para la seguridad vial;
Que la instalación de espejos parabólicos convexos es una medida preventiva efectiva para mejorar la visibilidad y el ordenamiento vehicular en dicho cruce;
Que en el marco de la Ordenanza Nº 2351/21 que instruye al Departamento Ejecutivo a instalar espejos parabólicos convexos en nuestra ciudad, se tipifican los extremos que la misma exige;
Que deviene imprescindible la colocación de los espejos convexos en las arterias mencionadas;
Que este cuerpo tiene un firme compromiso con la seguridad vial de los vecinos de San Andrés de Giles;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: : Instrúyase al Poder Ejecutivo Municipal a dar cumplimiento a la ordenanza N°2351/21, sancionada el día 22 de abril de 2021, procediendo a la colocación de espejos parabólicos convexos en la intersección de las calles 501 y Sarmiento del partido de San Andrés de Giles.-
Artículo 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a la afectación de la partida presupuestaria que corresponda a fin de dar cumplimiento a la presente ordenanza.
Artículo 3°: De forma.-
Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Concejo Deliberante, en San Andrés de Giles, el día 19 de septiembre de 2024.-
Dada en sesión ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante, en San Andrés de Giles, el dia 19 de septiembre de 2024.
Firmada:
Hernando Quevedo Juan Ignacio Marano
Secretario HCD Presidente HCD