Boletines/Villarino

Decreto Nº1281

Decreto Nº 1281

Villarino, 23/12/2024

DECFC-2024-1281-MUNIVLLRN-INT

Visto

el IF-2024-00220666-MUNIVLLRN-SG, presentado por el agente municipal VARELA Hugo Fabián, DNI Nº 17.185.528, legajo nº 903, clase 05/01/1965, en el cual solicita la baja como empleado de este Municipio a fin de iniciar los trámites jubilatorios por “Jubilación Ordinaria”,

Considerando

Que el artículo 98º de la ley 14.656 establece: “El cese del trabajador que será dispuesto por el
Departamento Ejecutivo o en su caso por el Presidente del Honorable Concejo Deliberante, se producirá por las
siguientes causas: inciso g) “Haber alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por la legislación
vigente para acceder al beneficio jubilatorio”, y
 Que de acuerdo a lo normado en el art.24º de la Ley 9650/80, el cual establece que “Tendrán
derecho a la jubilación ordinaria los afiliados que acrediten como mínimo veintidós (22) años de servicios con
aportes en uno o más regímenes jubilatorios comprendidos en el sistema de reciprocidad, mínimo que el Poder
Ejecutivo queda facultado para elevar cuando el lapso de la vigencia de esta Ley lo justifique, y que reúnan las
siguientes condiciones: a) Hubieran cumplido sesenta (60) años de edad y treinta y cinco (35) años de servicios….”
 Que el citado agente se encuadra dentro de la citada Ley, y
 Que se le abonará anticipo jubilatorio hasta la percepción del primer haber jubilatorio, y
 Que de acuerdo a lo normado en el artículo 1º de la Ordenanza nº 790/92 del Honorable Concejo
Deliberante de Villarino, el cual establece: “El agente que cese con los años de servicios necesarios para la
obtención del beneficio jubilatorio de carácter ordinario, tendrá derecho a percibir un importe equivalente al sesenta
(60) porciento de la retribución mensual correspondiente al cargo en que cesó. Asimismo aquellos agentes que
cesaran encuadrados en el artículo 31º bis de la ley Previsional nº 9650/80, podrán percibir en calidad de anticipo
jubilatorio, el cuarenta (40) de la retribución mensual correspondiente al cargo en que cesó o al noventa (90)
porciento del haber mínimo jubilatorio”, y
 Que de acuerdo a lo normado en el artículo 72º inc.f) de la Ley 14.656, el cual establece que “
cuando el cese del trabajador se produjera computando como mínimo treinta años de servicio, se le otorgará una
retribución especial sin cargo de reintegro equivalente a seis (6) mensualidades del sueldo básico de la categoría en
que revista, o del Salario Mínimo, Vital y Móvil si este fuere superior, sin descuento de ninguna índole y la cual
deberá ser abonada dentro de los treinta (30) días del cese.”, y
 Que de acuerdo al dictamen emanado de la Dirección de Recursos Humanos se sugiere dar curso
a lo solicitado

LA INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA EN USO DE SUS FACULTADES, D E C R E T A

ARTICULO 1º. Dese de baja al agente municipal VARELA Hugo Fabián, DNI Nº 17.185.528, legajo nº 903, clase
05/01/1965, a fin de iniciar los trámites jubilatorios por “Jubilación Ordinaria”, a contar del día 06.01.2025, mejor
cargo Agrupamiento 5, Personal Obrero, Categoría 4, Cargo 8, régimen de cuarenta (40) hs. semanales de labor,
(desempeñado desde el día 01/10/2013 al 31/07/2024), Jurisdicción 1110105000, SECRETARIA DE GOBIERNO,
Categoría Programática 01.00.00.-
ARTICULO 2º. Por la oficina de Liquidación de Sueldos procédase a abonar al Sr. VARELA Hugo Fabián, DNI Nº
17.185.528, legajo nº 903, el sesenta por ciento (60%) de la retribución mensual correspondiente al cargo informado
en el artículo 1º en concepto de “Anticipo Jubilatorio”, a partir del día 06.01.2025 y hasta la percepción del primer
haber jubilatorio, a saber:
Sueldo Básico ($ 699.170,40.-), Antigüedad ($ 475.435,87.-)
ARTICULO 3º. Por la Oficina de Liquidación de Sueldos procédase a abonar al Sr. VARELA Hugo Fabián, DNI Nº
17.185.528, legajo nº 903, la suma de pesos cuatro millones ciento noventa y cinco mil veintidós con 40/100.-($
4.195.022,40.-) en concepto de Pago Premio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 72º, inciso f) de la Ley
14.656.-
ARTICULO 4º. Por la Oficina de Liquidación de Sueldos procédase a abonar al Sr. VARELA Hugo Fabián, DNI Nº
17.185.528, legajo nº 903, Sueldo Anual Complementario 1º cuota año 2025 proporcional al día 05/01/2025
inclusive.-
ARTICULO 5º. El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la jurisdicción y categoría
programática informada en el artículo 1º.-
ARTICULO 6º. Registrar, comunicar. Dar al R.O., cumplido archivar.