Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº3781

Decreto Nº 3781

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 19/12/2024

VISTO estos actuados por los que tramita el llamado a Licitación Pública Nº416R-8126-2024 para la ejecución de la obra: “ESCUELA PRIMARIA N° 34 - ESCUELA SECUNDARIA N° 36", a realizarse por el sistema de contratación AJUSTE ALZADO y con un ANTICIPO FINANCIERO del 20%;  y,

CONSIDERANDO:

Que con fecha 12 de Diciembre de 2024 se realizó el Acto Licitatorio, en el cual se presentaron DOS (2) empresas, cumpliendo con la documentación exigida en el Pliego de Bases y Condiciones: la empresa TALLERES B.J. IRRAZABAL S.A., que cotizó por un monto de $190.987.221,56 lo que significa un aumento del 19,40%, con respecto al Presupuesto Oficial, (presenta la documentación exigida en el Pliego de Bases y Condiciones, dejando declarada su voluntad de solicitar el anticipo financiero en los términos del Art. 59° del PBCG); y la empresa DAWSE INGENIERÍA S.R.L., que cotizó por un monto de $188.712.362,33, lo que significa un aumento del 17,98% con respecto al Presupuesto Oficial, (presenta la documentación exigida en el Pliego de Bases y Condiciones, dejando declarada su voluntad de solicitar el anticipo financiero en los términos del Art. 59° del PBCG).-

Que el Departamento Proyectos y Obras informa, a fojas 657, que habiéndose efectuado el estudio de las propuestas presentadas, la oferta económica mas conveniente corresponde a la empresa DAWSE INGENIERÍA S.R.L., que cotizó por un monto de PESOS CIENTO OCHENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($188.712.362,33), considerando que solicitó un anticipo financiero del 20%.

Que a fojas 657 vta. el Departamento Registro de Licitadores informa que no se formulan observaciones y que la empresa cumple con lo establecido en el Decreto Nº1257/2018 artículos 4° y 6º; y artículo 3º incisos p1 y p2 de su Reglamento, y el Departamento Compras no formula observaciones, en relación al procedimiento de contrataciones.

Que atento a ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

DECRETA

ARTICULO 1º: Adjudicar a la empresa DAWSE INGENIERÍA S.R.L., la ejecución de la obra: “ESCUELA PRIMARIA N° 34 - ESCUELA SECUNDARIA N° 36", por un monto de PESOS CIENTO OCHENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($188.712.362,33), a realizarse por el sistema de contratación AJUSTE ALZADO y un ANTICIPO FINANCIERO del 20%, de acuerdo a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones y a los considerandos del presente y demás especificaciones que resulten del expediente N°416R-8126-2024.

ARTÍCULO 2º: El gasto originado por esta obra deberá imputarse a la Fuente 132, Jurisdicción 1110105000, Cat. Prog. 62.01.00, Gasto 5.4.6.0., del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTÍCULO 3º: Hágase saber a la empresa adjudicataria que, dentro del plazo de cinco (5) días de notificado el presente, deberá concurrir a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a firmar el contrato, afianzando su cumplimiento con la garantía establecida en el Artículo 30° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. La no integración dentro del plazo estipulado implicará la pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta.

ARTICULO: Refrendar el presente Decreto por el Sr. Secretario de Economía.

ARTÍCULO 5º: Cúmplase, dése al R.O. Comuníquese a la Empresa interesada; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra y tome nota el Departamentos Proyectos y Obras, y  el Registro de Licitadores y Obras por Consorcio.