Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 594
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 06/12/2024
Vistas las presentes actuaciones iniciadas por el Sr. Partal Silva Patricio Antonio D.N.I nº 18.722.165, contribuyente nº 45462 titular del legajo de Taxi nº 118 asignado a la parada nº 10 mediante la cual solicita autorización para transferir los derechos de explotación del mencionado legajo, a favor del Sr. Beder Pablo D.N.I nº 28.501.068 y considerando:
Que la Ordenanza nº 15431 en su artículo 26 establece: “Para transferir su legajo, el titular deberá solicitar la autorización al Departamento Ejecutivo, acreditando un mínimo de cinco (5) años en la explotación. Se denegará la transferencia ante la constatación de deuda con el municipio derivada de la prestación del servicio. Corresponde al adquirente cumplir con los requisitos establecidos para los titulares del legajo de taxi vigentes al momento de la transferencia.”
Que el Sr. Partal Silva Patricio Antonio cumple con lo normado en la Ordenanza nº 15.431 art. 26, en referencia a la antigüedad requerida, ya que explota el legajo desde 13 de enero de 1995, según resolución recaída en expediente 0-5411/1993 y no posee deudas según estado de Comercio emitido por el Departamento Recaudación a fojas 5 del expediente de referencia.
Que tal como surge del informe de la División de Transporte Urbano a fojas 15 y de los antecedentes obrantes en el expediente de referencia el Sr. Beder Pablo ha presentado la documentación necesaria para autorizar la transferencia.
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
Artículo 1º) Autorizar al Sr. Partal Silva Patricio Antonio D.N.I. nº 18.722.165, contribuyente nº 45462 titular del legajo de Taxi nº 118 asignado a la parada nº 10 a transferir los derechos de explotación del mencionado legajo, a favor del Sr. Beder Pablo D.N.I. nº 28.501.068, en los términos dispuestos en la Ordenanza nº 15431 y el Decreto nº 1.644/2010.
Artículo 2º) Hágase saber al Sr. Partal Silva Patricio Antonio que en el plazo de noventa (90) días corridos deberá dar cumplimiento con las exigencias previstas para la transferencias de fondo de comercio (Ley nº 11.867), y en el Art. 26º de la Ordenanza nº 15.431 y su Decreto Reglamentario, bajo apercibimiento de multa.
Artículo 3º) Hágase saber al Sr. Beder Pablo Documento Nacional de Identidad nº 28.501.068 que deberá dar cumplimiento a la totalidad de los requisitos establecidos para los titulares de registros de taxis, vigentes al momento de la transferencia (artículo 30º, Ordenanza nº15.431).
Artículo 4º) Cúmplase, notifíquese por intermedio de la División Transporte Urbano a los interesados. ARCHÍVESE en la División Transporte hasta dar cumplimiento al Artículo 3º.