Boletines/Campana
Decreto Nº 1224/24
Campana, 10/12/2024
Expediente Municipal Nº 4016-33432-2-2007 Rectificación BONO
Visto
El Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v); la Ley Provincial Nº 14.656, la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales y su modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Ordenanza N° 7597/2023 (Programación de los Recursos y el Presupuesto de Gastos del año 2024); la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto N° 184/2022 (t.v), y el Expediente Municipal N° 4016-33432-2-2007; y
Considerando
Que por Decreto Nº 1192 de fecha 02 de diciembre de 2024 se aprobó conceder de forma excepcional y por única vez un “complemento especial No Remunerativo” no bonificable consistente en la suma de PESOS CIENTO VEINTE MIL CON 00/100 CENTAVOS ($120.000,00).
Que en el Artículo Nº 2 se ha advertido que erróneamente se dispuso que el complemento no remunerativo alcance a todo el personal municipal que se encuentre activo al momento de ser realizada la correspondiente liquidación del mismo, cuando correspondería alcanzar a todo el personal municipal que se encuentre activo al 30 de noviembre del 2024.
Que resulta necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo, para subsanar lo antes dicho.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el Artículo Nº 108 del Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza N°6613, promulgada por el Decreto N°537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo N°1 de la Resolución Conjunta N° 0008/2024 (t.v) de la Secretaría Técnica Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N°184/2022 (t.v).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese en el Artículo 2º del Decreto Nº 1192 de fecha 02 de diciembre de 2024 donde dice: “a todo el personal municipal que se encuentre activo al momento de ser realizada la correspondiente liquidación del mismo” debe decir: “a todo el personal municipal que se encuentre activo al 30 de noviembre de 2024”
ARTÍCULO 2°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, y por el Señor Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese; comuníquese; publíquese; y archívese.-