Boletines/Campana

Decreto Nº1216/24

Decreto Nº 1216/24

Campana, 06/12/2024

EX-2023-00012952-MUNICAM-SMESA#DGAA Licencia ordinaria Sr. Carlos Fabio HERNANDEZ.

Visto

El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial Nº 14.656; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, los Decretos N° 0006BIS/24 (t.v.) y Nº 0007BIS/2024, la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto N° 184/2022 (t.v.) y el EX-2023-00012952-MUNICAMSMESA#DGAA; y

Considerando

Que, mediante nota del 22 de noviembre de 2024, el Secretario de Planeamiento, Obras e Ingeniera Urbana, Sr. Carlos Fabio HERNANDEZ, informa que hará uso de licencia ordinaria para descanso anual, desde el 28 de noviembre de 2024 y hasta el 8 de diciembre del mismo año inclusive, contando con el aval del Señor Intendente Municipal.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el Artículo Nº 108 del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v). Asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el Artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Reconócese al Secretario de Planeamiento, Obras e Ingeniera Urbana, Sr. Carlos Fabio HERNANDEZ (D.N.I. 17.409.132 – Clase 1965), legajo personal N° 3599, el uso de licencia ordinaria para descanso anual, desde el 28 de noviembre de 2024 y hasta el 8 de diciembre del mismo año inclusive.-

ARTÍCULO 2º.- Dispónese que será de aplicación durante el lapso señalado, lo establecido en el Artículo 3° del Decreto 0007BIS/2024.-

ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-