Boletines/Zárate
Decreto Nº 929/24
Zárate, 30/12/2024
Visto
La Ordenanza Fiscal vigente y la Ordenanza Impositiva vigente; y.-
Considerando
Que, se han percibido de deudas de ejercicios anteriores por el adicional de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por el Fondo Municipal de Educación, Investigación y Ciencia el importe de pesos veintidós millones cuatrocientos noventa y cinco mil novecientos cuarenta y seis con 67/100 ($ 22.495.946,67) ;
Que, los recursos percibidos que no han sido presupuestados en el año 2024 por la cantidad de pesos veintidós millones cuatrocientos noventa y cinco mil novecientos cuarenta y seis con 67/100 ($ 22.495.946,67); deben ampliarse en el presupuesto vigente;
Que, por las características de dichos recursos debe darse a los mismos el carácter de Recurso Afectado;
Que, el artículo Nro. 119 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el artículo Nro. 75 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración, autorizan al Departamento Ejecutivo a practicar directamente las ampliaciones que correspondan según el monto de los recursos efectivamente realizados;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Ampliase en el Cálculo de Recursos vigente, el siguiente rubro:
Jurisdicción 1110106000 – Secretaría de Economía
12.1.05.04: Fondo Municipal de Educación, Investigación y Ciencia…………………………………………...……………….....…...…..$ 22.495.946,67
ARTICULO 2º: Ampliase en el Presupuesto de Gastos vigente en la suma de pesos veintidós millones cuatrocientos noventa y cinco mil novecientos cuarenta y seis con 67/100 ($ 22.495.946,67.-) al siguiente programa:
Jurisdicción 1110108000 Secretaría de Desarrollo Humano.
Programa 85 – Educación
Actividad 01 Administración de la Dirección General de Educación
Fuente Financiamiento 131.- De Origen Municipal
5.1.5.0. Transferencias a instituciones de enseñanza …..…….…..…. $ 11.000.000,00
2.9.2.0 Útiles de Escritorio, oficina y enseñanza………….…….……...$ 2.595.946,67
4.3.4.0 Equipo de Comunicación y señalamiento ....………………… .$ 4.500.000,00
2.3.1.0 Papel de escritorio y cartón…………………………..….……….$ 1.000.000,00
3.4.9.0 Otros Servicios Técnicos y Profesionales ……………..…….….$ 3.400.000,00
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía, Lic. CRISTIAN ANDRÉS, MAZZOLA.-
ARTICULO 4º: Comuníquese, Publíquese, la Secretaría de Desarrollo Humano, Secretaría de Economía, Contaduría, Tesorería, regístrese y archívese.-