Boletines/Zárate
Decreto Nº 925/24
Zárate, 30/12/2024
Visto
La sanción de la Ley Nº 15.394 referente a recursos de afectación específica que perciba la Provincia durante el ejercicio 2023 y el artículo 7 de la Ley 26075, los que serán distribuidos entre los municipios en forma automática, según las pautas establecida en el articulo 1 y concordantes de la Ley 10559.-
Considerando
Que, dichos recursos los Municipios los destinaran a las finalidades de educación, ciencia y tecnología, abarcando a la educación formal como a la educación no formal, estando sujetos al régimen de control previsto en el artículo 159 de la Constitución Provincial y en la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley 6759/58 y demás legislación vigente en la materia, sin perjuicio de otros mecanismos adicionales que cada municipio decida implementar en el ámbito de su competencia;
Que, los recursos superaran la estimación prevista en el presupuesto vigente en la cantidad de pesos cuatrocientos treinta y cuatro millones cuatrocientos cincuenta y tres mil novecientos ochenta y cinco con 60/100 ($ 434.453.985,60.);
Que, se trata de mayores Recursos de los previstos a la fecha de elevación del presupuesto;
Que por lo tanto se hace necesaria la adecuación de los rubros del Cálculo de Recursos;
Que, el artículo Nro. 119 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el artículo Nro. 75 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración, autorizan al Departamento Ejecutivo a practicar directamente las ampliaciones que correspondan según el monto de los recursos efectivamente realizados;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Ampliase en el Cálculo de Recursos vigente, el siguiente rubro:
Jurisdicción 1110106000 – Secretaría de Economía
11.9.14.00 Fondo Financiamiento Educativo…….……..………....… $ 434.453.985,60.-
ARTICULO 2º: Ampliase el Presupuesto de Gastos vigente en la suma de pesos cuatrocientos treinta y cuatro millones cuatrocientos cincuenta y tres mil novecientos ochenta y cinco con 60/100 ($ 434.453.985,60.-) en las siguientes partidas:
Jurisdicción 1110108000 Secretaría de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deporte.
Actividad: 01 Administración, control y gestión de la Secretaría de Desarrollo Humano.
Fuente Financiamiento 133.- De Origen Nacional
2.9.4.0 Utensilios de cocina y comedor………………………….…………. $ 400.000,00
2.9.6.0 Repuestos y accesorios…….…………………………...……..…….. $ 100.000,00
3.3.7.0 Limpieza, aseo y fumigación………………...………...……....… $ 2.000.000,00
3.5.3.0 Imprenta, publicidad y reproducciones ………..……….……….$ 2.000.000,00
3.5.4.0 Primas y gastos de seguro…………………..……….……………… $ 200.000,00
3.5.9.0 Otros servicios comerciales y financieros…...………………..…..$ 1.000.000,00
4.3.7.0 Equipo de oficina y muebles ………………………………………$ 1.000.000,00
4.3.9.0 Equipos varios ………………………………..……...……………… $ 200.000,00
Programa: 52 Cultura y Deporte
Actividad: 04 Agenda y eventos culturales
2.1.1.0 Alimento para personas ………………….…………………….…….$ 300.000,00
2.5.8.0 Productos de material plástico ………………………………………$ 300.000,00
2.9.9.0 Otros bienes de consumos………………………………….……….. $ 600.000,00
3.2.9.0 Otros Alquileres y derechos…………………………............……. $ 3.000.000,00
3.5.9.0 Otros servicios comerciales y financieros………………...….……. $ 400.000,00
3.9.1.0 Servicios de ceremonial …………………………………….………. $ 300.000,00
3.9.9.0 Otros servicios………………………………..……………...……….. $ 400.000,00
Actividad: 10 Políticas de Juventud
3.3.9.0 Otros Servicios de mant, rep y limpieza ………………..…..…$ 21.000.000,00
3.4.9.0 Otros servicios técnicos y profesionales ……………..….….……... $ 600.000,00
3.9.9.0 Otros servicios………………………………………..…......…….. $ 29.000.000,00
Actividad: 11 Adultos Mayores
4.3.7.0 Equipo de oficina y muebles ……………….………...…………..$ 5.000.000,00
3.9.9.0 Otros servicios………………………..………………...…...…….. $ 18.000.000,00
Programa 85 - Educación
Actividad: 01 Administración de la Dirección General de Educación
2.1.1.0 Alimento para personas.…….…….........….………..……………. $ 1.000.000,00
2.3.1.0 Papel de escritorio y cartón….………..……………...…..…………. $ 300.000,00
2.5.1.0 Compuestos químicos ………………...…..……………...…………. $ 600.000,00
2.9.1.0 Elementos de limpieza…………………………………………… $ 12.000.000,00
3.3.9.0 Otros Servicios de mant. Rep. y limpieza.…………...……..……$ 2.000.000,00
2.9.2.0 Útiles de escritorio, oficina y enseñanza……….………...…………$ 700.000,00
2.9.9.0 Otros bienes de consumo…………………………………….…….... $ 300.000,00
3.2.9.0 Otros alquileres y derechos.……………………………………...…. $ 400.000,00
3.5.1.0 Transporte ……………………………...………………….…..…… $ 6.000.000,00
3.5.3.0 Imprenta, publicaciones y reproducciones …………….……….. $ 2.000.000,00
3.5.9.0 Otros servicios comerciales y financieros………………...…….…. $ 700.000,00
3.9.1.0 Servicios de Ceremonial …………...…………………….……….. $ 2.000.000,00
Actividad: 02 Centro de Gestión del Conocimiento
3.3.5.0 Mantenimiento de espacios verdes ………..…………………..... $ 4.000.000,00
Actividad: 05 Apoyo a Instituciones Educativas
3.3.3.0 Mantenimiento y reparación de maq. y equipo………..…....... $ 21.000.000,00
3.3.5.0 Mantenimiento de espacios verdes …………………………… $ 14.000.000,00
3.5.1.0 Otros servicios de transporte……………………………..……. $ 158.000.000,00
5.1.5.0 Transferencias a Instituciones educativas……………..……... $ 123.653.985,60
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía, Lic. CRISTIAN ANDRÉS MAZZOLA.-
ARTICULO 4º: Comuníquese, Publíquese, a la Secretaría de Desarrollo Humano, Secretaría de Economía, Contaduría, Tesorería, regístrese y archívese.-