Boletines/Magdalena
Decreto Nº 992
Magdalena, 11/07/2024
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 861/2024, referente a Licitación Privada para adjudicar la adquisición de “400 TN DE CEMENTO A GRANEL CPC 40, NECESARIOS PARA LA PLANTA HORMIGONERA UBICADA EN LA DELEGACION MUNICIPAL DE MAGDALENA, LOCALIDAD DE EMPALME, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.”
Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;
Considerando
Que, el Acto de Apertura de la Licitación contó con la participación de DOS (2) Empresas/Firmas del ramo CONSTRUYA AL COSTO S.R.L IMACOVA S.A y MATERIALES F.S S.R.L, cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.
Que, visto el informe emanado por la Subsecretaria de Obras y Servicios Públicos a Fs. 157, considera que resulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada por la empresa IMACOVA S.A.-
Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 157v, avalando dicha Adjudicación.
Que, existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria
EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades
DECRETA
ARTICULO 1º: ADJUDIQUESE a la Empresa/Firma “IMACOVA S.A” (CUIT Nº 33-61721179-9) por una suma total de PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES CON 00/100 ($66.000.000,00) para adjudicar la adquisición de “400 TN DE CEMENTO A GRANEL CPC 40, NECESARIOS PARA LA PLANTA HORMIGONERA UBICADA EN LA DELEGACION MUNICIPAL DE MAGDALENA, LOCALIDAD DE EMPALME, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a LICITACIÓN PRIVADA Nº 14/2024.-
ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 5.000, Programa 23/80 Partida 2.6.5.0 “CEMENTO, YESO Y CAL” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2024.-
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-
ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
LISANDRO HOURCADE
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda