Boletines/Magdalena

Decreto Nº939

Decreto Nº 939

Magdalena, 02/07/2024

Visto

El Expediente Letra S N° 1146/23 referente a la Convocatoria de diseñadores locales para la intervención de las letras corpóreas a colocar en la rotonda de acceso a Magdalena  y

Considerando

Que el objetivo de esta convocatoria a través de la Subsecretaria de Obras  y Servicios Públicos, convoca a Artistas y diseñadores locales para la realización de un proyecto de intervención  artística en letras corpóreas de Magdalena, que serán colocadas en el anillo Central de la nueva Rotonda de Acceso a la Localidad.

Que a fs 14 el Director de Cultura Educación y Juventud realiza las bases y condiciones planteadas originalmente, indicando en las mismas el premio para el participante  ganador.

Que a fs 15 a 21  obra el pliego de Bases y Condiciones de la Convocatoria.

Que a fs 41 obra el acta de finalización del concurso en el cual se recibieron cuatro (4)  propuestas de  las cuales se adjuntan a fs 31/40, y se realizaron dos (2)  votaciones  una de carácter virtual por redes Sociales,  y otra de forma presencial en el Centro Cultural, ambas resultaron a favor de la Opción n° 4 consagrando como ganadora a la Artista Jimena García.

Que el premio del concurso conforme al Artículo n° 4 del Pliego de BASES Y Condiciones establece a la ganadora por un monto de PESOS NOVECIENTOS ML ($900.000) a depositarse en la caja de ahorro en pesos n° 69705096640 CBU: 0140083003697050963400  Titular; MARIA JIMENA GARCIA

                                                                          

Que se adjunta información  correspondiente

              Que existe saldo.-

 

Por  todo ello,

El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: LIBERESE  ORDEN DE PAGO  EN CARÁCTER DE INSISTENCIA  a favor de Sra. María Jimena García  en concepto de  Ganadora del Concurso para la Intervención  de las Letras  Corporeas de la rotonda de Acceso a la ciudad de MAGDALENA, por la suma de PESOS NOVECIENTOS MIL  ($900.000),  por las causas expuestas en el exordio de la presente.

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento del Artículo 1º, deberá ser tomada de la Partida 5.1.3.0. BECAS, Jurisdicción 09000, Programa 01-00 F.F. 110  del Presupuesto de Gastos Vigente

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por la  Sra. Secretaria de Gobierno   de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º: Comuníquese a quien corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

 

Fdo.

LISANDRO HOURCADE

Intendente Municipal

Fdo.

Dra. Greta López Dorao

Secretaria de Gobierno