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Resolución Nº307

Resolución Nº 307

Avellaneda, 16/09/2024

Visto

La Ordenanza Municipal Nº 29345; El expediente N.º 2-0*120416/2024; y

 

Considerando

Que por medio de la Ordenanza N.º 29345 se creó el "Registro Público Municipal de Inmuebles Baldíos. Inmuebles con Edificación Derruida o con Edificación Paralizada", dependiente del Departamento Ejecutivo del Municipio de Avellaneda, para ello el Departamento Ejecutivo llevará un Registro de dichos inmuebles. el cual será actualizado y publicado por la Secretaría de Planificación;

Que el Registro creado por la Ordenanza referida en las consideraciones anteriores se regiró por los criterios de caracterización de los inmuebles establecidos en el Decreto Reglamentario Nº 998/22;

Que, asimismo. a los efectos de dar cumplimiento a las disposiciones del artículo 1º de la Ordenanza, el Decreto Reglamentario 998/22 faculta en su artículo cuarto a la Secretaría de Planificación a realizar relevamientos paulatinos para inmuebles que puedan ser incorporados al Registro en cuestión;

Que por medio de los presentes actuados la Subsecretaría de Planeamiento informó que. con fecha 19 de Marzo del 2024 se procedió a inspeccionar y relevar el predio ubicado en Belgrano 4609 dando inicio a las actuaciones, en un todo de acuerdo a la Ordenanza Nº 29345 y su Decreto Reglamentario 998/2022; habiéndose detectado que el predio de referencia constituye un inmueble sujeto a verificación

Que de la documental agregada, en particular en fs. 15 por la Secretaría egal y Técnica y del relevamiento ocular realizado al inmueble sujeto a verificación y junto o lo informado o fº 8 la correspondiente categorización como "INMUEBLE BALDÍO";

Que en dicho marco, correspondería proceder a dictar el acto administrativo por medio del cual se incluya o los inmuebles sujetos a verificación en los presentes actuados en el REGISTRO PÚBLICO DE INMUEBLES BALDÍOS. INMUEBLES CON EDIFICACIÓN DERRUIDA Y CON EDIFICACIÓN PARALIZADA:

POR ELLO.

EL SECRETARIO DE PLANIFICACIÓN

 

RESUELVE:

 

ARTICULO 1º: Inclúyase en el "Registro ·Público de Inmuebles Baldíos, con Edificación Derruida e Inmuebles con Edificación Paralizada", según lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº: 29345 y su correspondiente decreto Reglamentario Nº: 998/2022. al predio identificado catastralmente como  Circunscripción  II,  Sección  G,  Manzana  26,  Parcela  2,  Partida Inmobiliaria Nº 004-036465, Padrón Municipal Nº I-313967 en la identificación de: "INMUEBLE BALDÍO".

Artículo  2º: Déjese establecido  que el titular del inmueble deberá  cumplir con la obligación de parcelar y/o edificar. conforme los plazos previstos en el art: 4° la Ordenanza Nº 29345.

Artículo 3º: Procédase a notificar a los titulares de la presente, a través de la Secretaría Legal y Técnica de esta Municipalidad según lo establecido en el artículo 5° de la Ordenanza Municipal Nº: 29345. y publíquese en el Boletín Oficial Municipal.

Artículo 4°: Regístrese, Publíquese y Comuníquese.