Boletines/Avellaneda

Resolución Nº306

Resolución Nº 306

Avellaneda, 16/09/2024

Visto

La Ordenanza Municipal Nº 29345; El expediente N.º 2-0..129374/2024; y

Considerando

Que por medio de la Ordenanza N.º 29345 se creó el "Registro Público Municipal de Inmuebles Baldíos, Inmuebles con Edificación Derruida o con Edificación Paralizada". dependiente del Departamento Ejecutivo del Municipio de Avellaneda, para ello el Departamento Ejecutivo llevará un Registro de dichos inmuebles, el cual será actualizado y publicado por la Secretaría de Planificación;

Que el Registro creado por la Ordenanza referida en las consideraciones anteriores se regirá por los criterios de caracterización de los inmuebles establecidos en el Decreto Reglamentario Nº 998/22;

Que, asimismo, a los efectos de dar cumplimiento a las disposiciones del artículo lº de la Ordenanza. el Decreto Reglamentario 998/22 faculta  en su artículo cuarto a la Secretaría de Planificación a realizar relevamientos paulatinos para inmuebles que puedan ser incorporados al Registro en cuestión;

Que por medio de los presentes actuados la Subsecretaría de Planeamiento informó que. con fecha 19 de Marzo del 2024 se procedió a inspeccionar  y  relevar  el predio ubicado en Sarmiento  1211/1253  dando inicio a las actuaciones, en un todo de acuerdo a la Ordenanza Nº 29345 y su Decreto Reglamentario 998/2022; habiéndose detectado que el predio de referencia constituye un inmueble sujeto a verificación

Que de la documental agregada, en particular en fs. 48/49 por la  Secretaría  Legal y  Técnica  y  del relevamiento  ocular  realizado  al inmueble sujeto a verificación y junto a lo informado a Fº 7 la correspondiente categorización como "INMUEBLE CON EDIFICACION DERRUIDA"

Que en dicho marco, correspondería proceder a dictar el acto administrativo por medio del cual se incluya a los inmuebles sujetos o verificación en los presentes actuados en el REGISTRO PÚBLICO DE INMUEBLES BALDÍOS. INMUEBLES CON EDIFICACIÓN DERRUIDA Y CON EDIFICACIÓN PARALIZADA;

POR ELLO,

EL SECRETARIO DE PLANIFICACIÓN

 

RESUELVE

ARTICULO 1 º: Inclúyase en el "Registro Público de Inmuebles Baldíos, con Edificación Derruida e Inmuebles con Edificación Paralizada", según lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº: 29345 y su correspondiente decreto Reglamentario Nº: 998/2022, al predio identificado cotastralmente como Circunscripción II, Sección N, Manzana 18, Parcelas 6-7-8-9- 10 y 11, Partidas lnmobiliarlas Nº 004-053763, Nº 004-053764, Nº 004-053765. Nº 004-053766, Nº 004-053767 y Nº 004-053768, Padrones Municipales Nº I- 107904. Nº I- 107905, Nº I- 107906, NºI- 107907, Nº I-107908 y  Nº I- 107909 en la identificación de: "INMUEBLE CON EDIFICACIÓN DERRUIDA". 

Artículo 2º: Déjese establecido  que el titular del inmueble deberá cumplir con la obligación de parcelar y/o edificar. conforme los plazos previstos en el art: 4° la Ordenanza Nº 29345.

Artículo 3º: Procédase a notificar a los titulares de la presente, a través de la Secretaría Legal y Técnica de esta Municipalidad según lo establecido en el artículo 5° de la Ordenanza Municipal Nº: 29345, y publíquese en el Boletín Oficial Municipal.

Artículo 4°: Regístrese, Publíquese y Comuníquese .