Boletines/Avellaneda

Resolución Nº219

Resolución Nº 219

Avellaneda, 08/02/2024

Visto

La Ordenanza  Municipal Nº 29345; El expediente N.º 2-0-1 17881 /2023; y

Considerando

Que por medio de la Ordenanza N.º 29345 se creó el "Registro Público Municipal de Inmuebles Baldíos, Inmuebles con Edificación Derruida o con  Edificación Paralizada" , dependiente del Departamento Ejecutivo del Municipio de Avellaneda, el cual tiene por objeto principal garantizar políticas de vivienda y  hábitat adecuados para la satisfacción de las necesidades urbanas y habitacionales de los ciudadanos del Municipio desarrollando nuevas áreas residenciales mediante la construcción de conjunto de viviendas, para ello el Departamento Ejecutivo llevará un Registro de dichos inmuebles, el cual será actualizado y publicado por la Secretaría de Planificación;

Que el Registro creado por la Ordenanza referida en las consideraciones anteriores se regirá por los criterios de caracterización de los inmuebles establecidos en el Decreto Reglamentario Nº 998/22;

Que, asimismo, a los efectos de dar cumplimiento a las disposiciones del artículo  1º de la Ordenanza, el Decreto Reglamentario 998/22 faculta en su artículo cuarto a la Secretaría de Planificación a realizar relevamientos paulatinos para inmuebles que puedan ser incorporados al Registro en cuestión; 

Que  por  medio  de  los  presentes  actuados  la Subsecretaría  de Planeamiento  informó  que, con  fecha  6  de  Diciembre  del  2023  se procedió a inspeccionar y relevar el predio ubicado en Ameghino esq. M. Estévez, dando inicio a las actuaciones, en un todo de acuerdo a la Ordenanza Nº 29345 y su Decreto Reglamentario 998/2022; habiéndose detectado que el predio de referencia  constituye un inmueble sujeto a verificación 

Que de la documental agregada, en particular en fs. 17 por la Secretaría Legal y Técnica y del relevamiento ocular realizado al inmueble sujeto a verificación, se constató que el mismo se encuentra en estado de "INMUEBLE CON EDIFICACIÓN DERRUIDA", sugiriendo a tº 8 en conjunto con lo Subsecretaría de Planeamiento  la correspondiente categorización; 

Que en dicho marco,  correspondería  proceder  a  dictar  el acto administrativo  por medio del cual se incluya a los inmuebles  sujetos a verificación en los presentes actuados en el REGISTRO PÚBLICO DE INMUEBLES BALDÍOS, INMUEBLES CON EDIFICACIÓN DERRUIDA Y CON EDIFICACIÓN PARALIZADA;

POR ELLO,

EL SECRETARIO DE PLANIFICACIÓN

 

RESUELVE

ARTICULO 1º: Inclúyase en el "Registro Público de Inmuebles Baldíos, con Edificación Derruida e Inmuebles con Edificación Paralizado", según lo dispuesto en lo Ordenanza Municipal Nº: 29345 y su correspondiente decreto Reglamentario Nº: 998/2022, al predio  identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección N, Manzano 62, Parcelo 25, Partida lnmobtliaria Nº 004-010291, Padrón Municipal Nº I-240128 en la identificación de: "INMUEBLE CON EDIFICACIÓN DERRUIDA".

Artículo 2°: Déjese establecido que el titular del inmueble deberá cumplir con la obligación de parcelar y/o edificar, conforme los plazos previstos en el art: 4° la Ordenanza Nº 29345. 

Artículo 3º: Procédase a notificar a los titulares de la presente, a través de la Secretaría Legal y Técnica de esta Municipalidad según lo establecido en el artículo 5° de lo Ordenanza Municipal Nº: 29345, y publíquese en el Boletín Oficial Municipal.

Artículo 4°: Regístrese, Publíquese y Comuníquese.