Boletines/Trenque Lauquen
Ordenanza Nº 5571/2024
Trenque Lauquen, 28/10/2024
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Que mediante Ordenanza N° 3568/2010, promulgada con fecha 25 de octubre del año 2010 y Boleto de Compraventa suscripto en fecha 10 de diciembre de 2010, la Municipalidad de Trenque Lauquen adjudicó en venta a la Sra. LESCANO, Irma, una vivienda ubicada en la Localidad de Girodías, Partido de Trenque Lauquen, identificada catastralmente como: Circunscripción XIV, Sección A, Manzana 9, Parcela 5, Unidad Funcional 1, Partida 10393;
Que la Dirección de Tributos Municipal emite un informe indicando que se adeudan las cuotas en concepto de vivienda desde la N° 12 del año 2012 hasta el día de la fecha. Asimismo, la mencionada Dirección informa que el inmueble de propiedad municipal también posee deuda de tasas municipales en concepto de Servicios Sanitarios y Alumbrado, Barrido y Conservación de la Vía Pública y Espacios Verdes;
Que, a través de reiteradas visitas al inmueble citado efectuadas por las trabajadoras sociales del Municipio, se ha constatado la inobservancia del cumplimiento del requisito fundamental de “Vivienda de Ocupación Permanente”, exigido por el reglamento del Instituto de la Vivienda de la Pcia. de Buenos Aires. Es más, en dichos informes consta que los vecinos han referido que el inmueble se encuentra deshabitado hace más de doce años;
Que, en base a lo expuesto y mediante Resolución N° 119/2024 se dio inicio al proceso de desadjudicación de la vivienda mencionada, corriéndose traslado de la misma a la parte interesada. En oportunidad de ser notificada, la Subdelegada de Girodías, Sra. Mirta González Folco, informa que: “en el lugar no se encuentra persona alguna y que la vivienda parece cerrada desde hace tiempo”;
Que posteriormente, se notifica por cédula a la Sra. LESCANO la Resolución N° 1197/2024, a un domicilio informado en la Localidad de 30 de Agosto, dejándose constancia en la misma que la Sra. LESCANO se niega a firmar la cédula, no obstante, recibe copia de la misma;
Que la Sra. Lescano envía una nota de renuncia suscripta y fechada el 17/09/2024, a la Dirección de Asuntos Legales, en relación al inmueble ubicado en la Localidad de Girodías, constando en dicho libelo que el motivo de la renuncia es particular, manifestando, además no tener nada que reclamar a la Municipalidad de Trenque Lauquen;
Que, en consecuencia, corresponde, sin más, proceder a la desadjudicación de la vivienda, requiriéndose, por ende, la intervención del Honorable Concejo Deliberante (Exp. N° 4596/03 HCD).
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:
O R D E N A N Z A
ORDENANZA
Artículo 1°.-) Desadjudícase a la SRA. LESCANO, IRMA, DNI. 13.251.307, la vivienda de propiedad municipal ubicada en la localidad de Girodías, Partido de Trenque Lauquen, designada catastralmente como: Circunscripción XIV, Sección A, Manzana 9, Parcela 5, Unidad Funcional 1, Partida 10393, adjudicada oportunamente mediante Ordenanza N° 3568/2010.
Artículo 2°.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.
Gustavo BORIES
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Marta BATHIS
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Promulgación: Decreto N° 3053/2024 – 01/11/2024
Firma: Fracisco Recoulat – Intendente Municipal.
Dr. Martin I. Borrazas – Secretario de Gobierno