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Ordenanza Nº102/18

Ordenanza Nº 102/18

Balcarce, 26/07/2018

TESTIMONIO:

VISTO:

                                   La Ordenanza Nº 88/17, y

CONSIDERANDO:

                                   Que para conformar el Consejo Consultivo Municipal de Adultos Mayores se requiere actualmente un representante de cada Centro de Jubilados con personería jurídica.

                                   Que resulta necesario permitir que los Centros de Jubilados de nuestra ciudad participen, aún no cumpliendo con dicha requisitoria.

POR ELLO:

                                   El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A      Nº      102/18

ORDENANZA

ARTÍCULO 1.-  Modifícase el artículo 3º de la Ordenanza Nº 88/17, que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 3.-  El Consejo Consultivo Municipal de Adultos Mayores se conformará con:

  • Dos representantes del Departamento Ejecutivo afines al área.
  • Dos concejales del Honorable Concejo Deliberante: Un representante del oficialismo y uno de la oposición.
  • Un representante de cada centro de jubilados que estén inscriptos en el Registro de Entidades de Bien Público de nuestra ciudad.
  • Un representante del PAMI, Delegación Balcarce.
  • Un representante de hogares privados en cuanto los mismos se conformen como asociación.
  • Un representante del Hogar de Ancianos La Merced.
  • Un representante del cada geriátrico municipal: “Doctor Ernesto L. Pintos” y “Hostal de los Abuelos”.
  • ARTÍCULO 2.-  Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veintiséis días del mes de julio de dos mil dieciocho. FIRMADO: Gustavo A. Bianchini – PRESIDENTE – Juan José Troya – SECRETARIO -