Boletines/Balcarce
Ordenanza Nº 99/18
Balcarce, 26/07/2018
TESTIMONIO:
VISTO:
El expediente Nº 9973-B/2016, y
CONSIDERANDO:
Que ADIMRA representa a uno de los sectores productivos de nuestro país con mayor significación económica y relevancia estratégica y organiza e implementa todo tipo de actividades de perfeccionamiento y capacitación para sus industriales metalúrgicos representados y empleados dentro de su sector, dentro del marco del Convenio Nº 58/01 homologado mediante resolución SSRL Nº 227/01, las que repercuten por su efecto multiplicador en la sociedad en general
Que según Decreto Municipal Nº 2358/2016 se celebró “Convenio de Cooperación entre ADIMRA (Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA) y la Municipalidad de Balcarce”, con el objetivo de desarrollar actividades conjuntas en áreas de interés común, pudiendo acordar acciones entre ellas o con terceros a través de la substanciación de protocolos específicos o anexos al presente
Que es convicción del Departamento Ejecutivo desarrollar actividades conjuntas en áreas de interés común, tales como la elaboración de proyectos de educación y capacitación técnica en sus distintos niveles, la elaboración de proyectos de vinculación tecnológica, asistencia técnica, actividades vinculadas a pasantías y salida laboral, foros de encuentro y discusión de temas culturales, seminarios, conferencias, charlas debate, jornadas y todo tipo de evento de divulgación científica, social y/o académica de acuerdo a la demanda del mercado.
Que según el Decreto Municipal Nº 2438/2016 se celebro el “Anexo I” al Convenio Marco entre la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina, la Municipalidad de Balcarce y la Escuela de Educación Técnica Nº 1 “Lucas Kraglievich”, con el objetivo de contribuir a la generación, sostenimiento y mejora del empleo privado, promover la calificación de los desocupados a través de la formación profesional, fortalecer el entramado productivo local, dictar cursos y capacitaciones y capacitar formadores, dejándose estipulado que los cursos se desarrollarán en las instalaciones de la escuela, serán desarrollados por profesionales y/o personal idóneo, tendrán carácter gratuito y estarán dirigidos a estudiantes, desocupados, emprendedores, propietarios, y personal de empresas metalúrgicas y a toda la comunidad en general
Que según la Ordenanza Nº 168/16, promulgada mediante Decreto Municipal Nº 0051/2017, se convalidaron los Decretos Municipales Nº 2358/2016 y Nº 2438/2016.
Que con fecha 29 de mayo del corriente se ha celebró el “Anexo II” al Convenio Marco entre la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina, la Municipalidad de Balcarce y la Escuela de Educación Técnica Nº 1 “Lucas Kraglievich”, aprobado según Decreto Municipal Nº 1523/2018 con iguales objetivos al Anexo I.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A Nº 99/18
ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- Convalídase lo actuado por el Departamento Ejecutivo, según Decreto Municipal Nº 1523 de fecha 31 de mayo de 2018.-
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veintiséis días del mes de julio de dos mil dieciocho. FIRMADO: Gustavo A. Bianchini – PRESIDENTE – Juan José Troya – SECRETARIO -