Boletines/Magdalena

Decreto Nº905

Decreto Nº 905

Magdalena, 28/06/2024

 

DECRETO Nº 905/24

Visto

                           El art. 120º  de la Ley Orgánica Municipal;

El artículo 26 inciso b) de las Disposiciones anexas del Decreto Provincial Nº 2980/00; y

 

Considerando

Que el mencionado artículo faculta al Departamento Ejecutivo a disponer transferencias de créditos presupuestarios para reforzar conceptos preexistentes o crear nuevos, entre los conceptos de una Jurisdicción, Programa, Actividad Programática ó Proyecto distintos, correspondientes al Presupuesto de Gastos del presente Ejercicio;

Que se cree conveniente, con el fin de lograr una mayor prolijidad en la ejecución del Presupuesto dotar de crédito adicional a las Partidas que representan excedidas o con créditos insuficientes;

Que el citado artículo permite financiar las creaciones, ampliaciones o modificaciones de partidas del Presupuesto de Gastos mediante transferencias de economías existentes en las restantes partidas de libre afectación;

Que es necesario efectuar las adecuaciones y correcciones  pertinentes, las cuales tienen un fin exclusivamente de regularización presupuestaria, no implicando ello modificación alguna en el monto total del Presupuesto.

Por ello;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:

 

DECRETO

 

ARTICULO 1º: Transfiéranse a las Partidas Presupuestarias correspondientes al  DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) créditos por un monto total de PESOS CIENTO OCHENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 13/100 ($183.248.866,13), de acuerdo al detalle de Jurisdicciones, Programas, Partidas y montos obrantes en la planilla de RAFAM adjunta, la que forma parte indivisible del presente.  

 

ARTICULO 2º: Los créditos transferidos y asignados de acuerdo al artículo precedente, serán tomados de las Partidas correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) por PESOS CIENTO OCHENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 13/100 ($183.248.866,13), conforme al detalle de Jurisdicciones, Programas, Partidas y montos que se señalan en la planilla citada en el artículo anterior.

 

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda a cargo de la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

 

ARTICULO 4º: Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante dentro de los diez días contados a partir de la fecha, en cumplimiento del artículo 4º inc. d) de la Ordenanza Nº 4177/23.-

 

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas correspondientes, dése al Registro Municipal y archívese.-   

 

Fdo.

LISANDRO HOURCADE

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda