Boletines/Hipólito Yrigoyen
Ordenanza Nº 135/2024
Hipólito Yrigoyen, 18/12/2024
ORDENANZA
VISTO:
La necesidad de regularizar la situación registral de los adjudicatarios del Programa Buenos Aires Hogar y poder cancelar la deuda que mantiene el Municipio con el PROFIDE en el marco del expediente 4057-1345/12, dado que al momento de la adjudicación los beneficiarios/as cumplían con los requisitos exigidos por el convenio.-
En ese orden de ideas la comisión de viviendas reunida el día 13 de DICIEMBRE de 2024 dejando constancia en el acta N°145 decidió realizar las modificaciones necesarias en la legislación vigente , para regularizar las deudas que poseen de los adjudicatarios de Programa Buenos Aires Hogar con la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen.-
Que el pago por parte de la Municipalidad de HipolitoYrigoyen asciende a la suma de pesos veintiséis millones trescientos cuatro mil setecientos cincuenta y siete con 86/100 ($ 26.304.757,86), siendo el valor por unidad la suma de pesos un millón setecientos cincuenta y tres mil seiscientos cincuenta con 52/100 ($ 1.753.650,52).-
Que a fin de actualizar el valor de los terrenos y en consonancia con el artículo 5° de la Ordenanza nro92/14 se han realizado nuevas tasaciones oficiales, las que se encuentran agregadas a las presentes actuaciones, con los valores actualizado de los terrenos, de acuerdo a lo establecido en el ANEXO I, el cual forma parte de la presente Ordenanza..-
Por último se decidió que la cantidad de cuotas en las cuales se dividirá el pago del lote en 50 cuotas mensuales y consecutivas.-
CONSIDERANDO:
Que para poder plasmar el nuevo plan de cuotas y actualización de la deuda de lotes se requiere una nueva ordenanza.
Que encontrándose abonada la deuda con el Fideicomiso PROFIDE, donde único responsable de la misma atento el convenio Marco suscripto era el Municipio de HipólitoYrigoyen.
Que la misma fue abonada por la suma de pesos veintiséis millones trescientos cuatro mil setecientos cincuenta y siete con 86/100 ($ 26.304.757,86)
Que resultaría acertado permitir la cesión de estos con el mismo objeto de lograr la regularización de las situaciones.
Que resultaría acertado que el Poder Ejecutivo firme reconocimientos de deuda y convenios de pago por la deuda contraída por los residentes como consecuencia de la construcción de la vivienda. Esta herramienta permitirá regularizar la situación registral y el Municipio poder llevar adelante el recupero de las sumas abonadas.-
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE HIPÓLITO YRIGOYEN EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Deróguese la Ordenanza 02/16 y la Ordenanza 49/22. Y el ARTICULO N° 7 DE LA Ordenanza 92/2014.-
ARTICULO 2°: ESTABLEZCASE, que cada adjudicatario deberá abonar al momento de la suscripción del boleto de compraventa, el valor del terreno según el anexo I, con más la suma de pesos un millón setecientos cincuenta y tres mil seiscientos cincuenta con 52/100 ($ 1.753.650,52).-
Asimismo ESTABLEZCASE un plazo de cancelación de deuda de cinco ( 5) años, pagaderos en sesenta (60) cuotas mensuales y consecutivas, a las cuales se le aplicará un interés de financiación.-
El interés de financiación de las cuotas restantes, serán actualizadas conforme coeficiente de Casa Propia, para lo cual es necesario tomar el monto del mes anterior y aplicarle el coeficiente Casa Propia del mes a pagar, el cual puede consultarse ingresando en https://www.argentina.gob.ar/habitat/procrear/coeficiente-casa-propia
ARTICULO 3°: Autorícese al Departamento Ejecutivo a suscribir contratos de reconocimiento de deuda y convenio de pago con los adjudicatarios de lotes cuya nomenclatura catastral se detalla a continuación:
Circ.V – Secc A – Mzna 96 - Parc 3; Circ.V – Secc A – Mzna 96 - Parc 4; Circ.V – Secc A – Mzna 96 - Parc 5; Circ.V – Secc A – Mzna 96 - Parc 6; Circ.V – Secc A – Mzna 96 - Parc 7; Circ.V – Secc A – Mzna 96 - Parc 8; Circ.V – Secc A – Mzna 96 - Parc 9; Circ.V – Secc A – Mzna 96 - Parc 10; Circ.V – Secc A – Mzna 96
- Parc 11; Circ.V – Secc A – Mzna 96 - Parc 12; Circ.V – Secc A – Mzna 96 - Parc 13; Circ.V – Secc A – Mzna 96 - Parc 14; Circ.V – Secc A – Mzna 96 - Parc 15; Circ.V – Secc A – Mzna 96 - Parc 16; Circ.V – Secc A – Mzna 96 - Parc 17.
ARTICULO 4°: El monto objeto del reconocimiento de deuda deberá ser igual o superior a lo que pagó el Municipio al PROFIDE por la vivienda en cuestión, al momento de la suscripción del contrato de reconocimiento de deuda.
ARTICULO 5°: Autorícese al Departamento Ejecutivo a aceptar cesiones de los titulares registrales en los casos que se acrediten constancias suficientes de la solvencia del nuevo obligado.
ARTICULO 6°: Las acciones detalladas en los puntos anteriores serán optativas para el Poder Ejecutivo y deberán ser plasmadas en los respectivos convenios y/o contratos.
ARTICULO 7°: COMUNÍQUESE, regístrese, publíquese y cumplido archívese.-
-------------DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE HIPOLITO YRIGOYEN A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO---------------
Maria Rosana Neri Silvina Garcia
Secretaria Legislativa Presidenta
Honorable C. Deliberante Honorable C. Deliberante