Boletines/Hipólito Yrigoyen

Ordenanza Nº96/2024

Ordenanza Nº 96/2024

Hipólito Yrigoyen, 09/10/2024

ORDENANZA

VISTO:

La reciente promulgación del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, 29 de julio de 2024, de la Ley de Endometriosis Nº 15491, cuyo objetivo es garantizar el derecho a la salud y el acceso a una atención integral y de calidad a las personas menstruantes que padecen endometriosis; y

CONSIDERANDO:

Que este Honorable cuerpo, ha trabajado sobre el tema, dando su beneplácito a través de la Resolución 14/19 a la Cámara de Diputados de la Nación por la aprobación –media sanción- del Proyecto de Ley Nacional ;CONCIENTIZACIÓN Y ABORDAJE DE LA ENDOMETRIOSIS ; y con posterioridad, sancionando la Ordenanza 03/20 por la cual se declaro el 14 de marzo de cada año como ; Día de la Concientización y Abordaje de la ENDOMETRIOSIS , en el ámbito del Distrito de Hipólito Yrigoyen, designando además, a la Dirección de Salud Municipal organismo de aplicación (jornadas de capacitación y campañas de difusión en el distrito durante el mes de Marzo de cada año) Que en el Distrito, el 14 de marzo está instaurado como “DIA NACIONAL DE LA ENDOMETRIOSIS” Y “MARZO AMARILLO” para concientizar y visibilizar la endometriosis.-

Que la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionó el 10 de julio de 2024, la Ley Provincial de Endometriosis. 

Que la Ley, propone garantizar la atención integral y de calidad para las personas menstruantes que padecen endometriosis, a través de un programa médico obligatorio y gratuito para la detección temprana de endometriosis.

Que la endometriosis es una enfermedad ginecológica crónica benigna no transmisible que puede afectar a las personas menstruantes, (al día de la fecha, se desconoce la causa).

Que el tejido que tapiza el interior del útero se denomina endometrio. En condiciones normales, sólo debe encontrarse dentro del útero, pero cuando dicho tejido se ubica por fuera de la cavidad uterina se denomina endometriosis. En la mayoría de los casos, este tejido alterado se ubica en los órganos genitales femeninos (útero, ovarios, ligamentos y órganos vecinos en la pelvis, pero también se ha detectado endometriosis en otros tejidos y órganos como cicatrices de cesáreas, pulmones, nariz, cerebro, entre otros .-

Que se la suele llamar “la enfermedad silenciosa” porque el tabú que rodea a la menstruación, hace que se naturalice el dolor que provoca. Y esto conduce a que la endometriosis sea una enfermedad subdiagnosticada, demorando 10 años o más su detección, lo que permite el avance de la enfermedad y el deterioro de los órganos afectados que repercute gravemente en la calidad de vida de la persona y su manifestación en otras enfermedades.

Que al ser una enfermedad crónica y progresiva, el tratamiento puede ser prolongado y su mayor adhesión puede ayudar a obtener mejores resultados terapéuticos. No existe un tratamiento único e igual para todas las mujeres, por esta razón, es importante la personalización e individualización de la paciente con endometriosis.

 

Que 1 de cada 10 personas menstruantes según datos estadísticos de la Organización Mundial de la Salud padecen endometriosis. Se estima que entre un 6 y 10% de la población femenina, con una edad  promedio al momento del diagnóstico de 28 años puede padecer endometriosis En Argentina, existen alrededor de 1.000.000 personas diagnosticadas.

Que es la tercera causa de hospitalización ginecológica y del total de pacientes con endometriosis, entre un 50-80 % son infértiles.

Que estamos ante la única enfermedad ginecológica crónica y subdiagnosticada, cuya frecuencia es mayor que la de la diabetes, el sida, el asma y la epilepsia juntas sin contar aún con recursos para su diagnóstico temprano, su tratamiento adecuado y la contención de las pacientes que las padecen.

Que los síntomas más frecuentes son menstruaciones dolorosas llegando a ser invalidantes en algunos casos. Por esta razón, la calidad de vida se va deteriorando con el tiempo, ya que es una enfermedad inflamatoria y crónica.

Que como sociedad debemos cambiar el paradigma, dado que en la conciencia generalizada de la mayoría de las mujeres se considera que “la menstruación dolorosa es normal” .Esta subestimación, en muchas oportunidades, silencia los síntomas de la endometriosis y retrasa su diagnóstico.

Aproximadamente, un 40% de mujeres que durante años se encuentran en la búsqueda de un embarazo y no lo logran, se les diagnostica endometriosis. 

Que la detección temprana no sólo es fundamental para las personas que padecen la enfermedad, sino que significa un ahorro para el sistema de salud: se estima que se realizan 2.5 millones de ecografías al año por dolor pelviano crónico, dismenorrea y/o endometriosis, y más de 600.000 cirugías por año.

Que la ley contempla como objetivo adicional la generación de campañas de concientización y la integración con la ESI para brindar información sobre la endometriosis y otras enfermedades que puedan afectar la salud sexual y reproductiva de las mujeres, así como realizar campañas de información en hospitales, centros de primeros auxilios, asociaciones civiles, y en la vía pública.

Que no existe un análisis o estudio no invasivo que permita confirmar la enfermedad.

Que la Asociación Civil “ENDOHERMANAS ARGENTINA” viene impulsando actividades de concientización y sensibilización acerca de esta enfermedad y luchando hace varios años por esta causa. Y reclamando la sanción de la ley de referencia, para que se reconozca a esta enfermedad como crónica y se regule su incorporación al P.M.O (Plan Médico Obligatorio).

Que en líneas generales existen 2 forma de tratar la endometriosis: tratamiento médico que se basa en abordar “los síntomas” con medicación para el dolor o el tratamiento quirúrgico

Que para que la ley cumpla su objetivo, es necesario que cada uno de los municipios se adhiera a la misma, comenzando su implementación desde los centros de salud que integran la propia estructura municipal.

------EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE HIPOLITO  YRIGOYEN, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona con fuerza de: ------------

ORDENANZA

ARTICULO 1º.-Adhiérase la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen a la Ley Provincial Nº 15491, que da marco legal al tratamiento de la enfermedad llamada “Endometriosis” en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, con motivo de garantizar el derecho a la salud y el acceso a una atención integral y de calidad a las personas menstruantes que padecen endometriosis.-

ARTICULO 2 : De forma.-

 

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE HIPOLITO YRIGOYEN A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.--

 

 

 

M. Rosana Neri                                                                    Silvina Garcia

 Secretaria Legislativa HCD                                                           Presidente HCD