Boletines/Mercedes
Decreto Nº 2193/2024
Mercedes, 05/12/2024
Visto
El expediente Nº 4075-310 /2015 Alcance 26 caratulado “Dirección de tierras y Hábitat – Regularización dominial – Plan escrituración Municipal – Nom. Cat. Circ. II – Sec. C – Ch. 199 – Mz.199 H – Parc. 3 – Partida inmobiliaria N° 33.159”, y:
Considerando
Que, con fecha 26 de julio de 2021 se confecciona el expediente administrativo 4075-310/2015 alc. 26 a fines de regularizar el inmueble identificado con Nom. Cat. : Circ. II – Sec. C – Ch. 199 – Mz 199 H –Parc 3 Partida Catastral 33.159 ;
Que, resulta imprescindible otorgar a los adjudicatarios la seguridad jurídica que implica la titularidad del dominio sobre el bien adquirido;
Que, la Regularización Dominial se caracteriza por su carácter de interés social derivado de la situación económica de las familias afectadas que se encuentran en el marco del Plan Familia Propietaria;
Que del informe socioeconómico ambiental realizado con fecha 17 de diciembre de 2021 surge que el Sr. CHAPARRO, Enzo Walter y CALDERON, Paula Andrea, habitan el inmueble de forma permanente con destino de vivienda única familiar;
Que, a través del Decreto N° 701, Folio N° 930/931, Libro N° 56 con fecha 21 de abril de 2022, en el marco del Decreto 981/18, se pre-adjudica el inmueble identificado con nomenclatura catastral Circ. II – Sec. C – Ch. 199 – Mz.199 H – Parc. 3 – Partida inmobiliaria N° 33.159 a los Sres. CHAPARRO, Enzo Walter y CALDERON, Paula Andrea, declarando en el mismo acto de interés Social la regularización dominial del inmueble mencionado;
El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias,
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Adjudicase en forma definitiva a los Sres. CHAPARRO, Enzo Walter D.N.I. 24.847.711 y CALDERON, Paula Andrea D.N.I. 25.807.443 domiciliados en calle 4 bis y 63 bis N° S/N de la localidad de Mercedes (B)el inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección C, Chacra 199, Manzana 199 H, Parcela 3, Partida Inmobiliaria 33.159;
ARTÍCULO 2º.- Requiérase la intervención de Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de los actos notariales correspondientes, a favor de los solicitantes, conforme a lo previsto por los arts. 2º y 4º inc. D de la Ley 10.830;
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese a la Dirección de Tierras y Hábitat de esta Municipalidad. Dése al Digesto General. Fecho oportunamente archívese. –