Boletines/Chivilcoy

Ordenanza Nº10806

Ordenanza Nº 10806

Chivilcoy, 15/11/2024

ORDENANZA

Artículo 1°:  Apruébese la Ordenanza para la Conformación de la Mesa Local Intersectorial en Contra de la Violencia del Municipio de Chivilcoy.
La Mesa Local Intersectorial tendrá por función la definición e implementación de políticas públicas territoriales con perspectiva de género y diversidad, y de los lineamientos generales para la prevención, el abordaje y la salida de las violencias por razones de género.

Artículo 2°: Composición. La Mesa Local Intersectorial en Contra de la Violencia Chivilcoy estará conformada por representaciones de organismos municipales, organismos provinciales y nacionales con presencia territorial y de espacios comunitarios y organizaciones de la sociedad civil que trabajan en la prevención, abordaje y/o salida de las violencias por razones de género en el municipio.
La Mesa Local Intersectorial en Contra de la Violencia Chivilcoy promoverá el diseño de políticas públicas locales que garanticen la integralidad de las respuestas ante las situaciones de violencia por razones de género, para ello será fundamental convocar a las personas representantes de los dispositivos que componen el Sistema Integrado de Políticas Públicas Contra las Violencias por Razones de Género de la Provincia de Buenos Aires (SIPP), como los espacios de trabajo con varones que ejercen violencias, los Dispositivos Territoriales de Protección Integral, las personas acompañantes -contempladas en el artículo 6° ter de la Ley 12.569- como así también a representantes de todos los organismos estatales, espacios comunitarios y organizaciones de la sociedad civil que de manera directa o indirecta trabajen en las diferentes instancias para la erradicación de las violencias: prevención, abordaje y/o salida de las violencias por razones de género en el municipio. 
Deberán estar presentes aquellas personas que, en representación de los distintos organismos e instituciones mencionadas, tengan la facultad de tomar decisiones sobre los mismos.

Artículo 3°: Objetivos. La Mesa Local Intersectorial en Contra de la Violencia Chivilcoy tendrá como objetivo articular y establecer acuerdos conceptuales y operativos en el trabajo interinstitucional, intersectorial y comunitario, con el objeto de planificar, evaluar e implementar acciones específicas en relación al abordaje, la prevención y las salidas de las violencias por razones de género en el Partido de Chivilcoy, en coordinación con el área de género de la Municipalidad.

Artículo 4°: Acciones. La Mesa Local Intersectorial para el cumplimiento de sus objetivos realizará las siguientes acciones, entre otras: 

  1. Impulsar, generar y/o promover políticas públicas territoriales en materia de prevención, promoción, abordaje y salida de las violencias por razones de género.
  2. Promover la articulación entre quienes componen el dispositivo evitando superposición de acciones y favoreciendo la asunción de roles diferenciados bajo el principio de corresponsabilidad de modo que la respuesta sea coherente y eficaz.
  3. Promover la articulación regional para optimizar los recursos territoriales, teniendo en consideración el Sistema Integrado de Políticas Públicas Conta las Violencias por Razones de Género de la Provincia de Buenos Aires.
  4. Impulsar la confección y actualización periódica del Recursero local y de la Hoja de Ruta.
  5. Confeccionar y/o proponer conjuntamente guías, protocolos de actuación u otros instrumentos técnicos a los fines de unificar criterios y modalidades de intervención de todas las actoras y actores involucrados en la misma.
  6. Elaborar estrategias comunicacionales que permitan tanto sensibilizar acerca de la problemática, como facilitar el acceso de la comunidad a los servicios disponibles en el ámbito local.
  7. Proponer trabajos de formación como cursos y talleres en torno a diferentes temáticas para el fortalecimiento de los recursos locales.
  8. Promover proyectos que contribuyan a la salida de las violencias por razones de género.

Artículo 5°: Convocatoria. La primera convocatoria para la puesta en funcionamiento de la Mesa Local Intersectorial deberá ser efectuada por el gobierno municipal, a través del área de género de la Municipalidad de Chivilcoy: Dirección de Género.
Si el área de género incumpliera con la convocatoria, ésta podrá ser requerida por cualquier otra institución pública u organización territorial con incumbencia temática. De persistir el incumplimiento, la Mesa Local Intersectorial podrá ser convocada por cualquiera de los organismos mencionados en el artículo 2°. Las sucesivas convocatorias se realizarán conforme el procedimiento que se acuerde en el reglamento interno.

Artículo 6°: Coordinación. La coordinación de la Mesa Local Intersectorial será asumida por el área de género local: Dirección de Género municipal. La Mesa Local Intersectorial en Contra de la Violencia Chivilcoy podrá establecer una co-coordinación o un equipo de coordinación y designar en esta función a quien represente a cualquiera de los organismos que participan del dispositivo.

Artículo 7°: Deberes de la coordinación. La coordinación deberá:

  1. Convocar a las reuniones plenarias de la Mesa Local Intersectorial.
  2. Dar inicio a las reuniones, moderar y dirigir los mismos haciendo cumplir el reglamento interno.
  3. Confeccionar el orden del día o temario a tratar en cada encuentro.
  4. Llevar el Registro de las reuniones plenarias mediante la confección de un Libro de Actas en donde queden asentados los temas que fueron objeto de debate, las conclusiones, los acuerdos, el seguimiento de los acuerdos, las actividades llevadas a cabo por el dispositivo, y cualquier otra acción que haga al objeto de la Mesa Local Intersectorial. La coordinación será responsable de preservar los documentos de registro y seguimiento y de ponerlos a disposición ante un eventual cambio de coordinación.
  5. Registrar y socializar los acuerdos arribados en las reuniones plenarias.
  6. Representar a la Mesa Local Intersectorial frente a otras instituciones y organismos.
  7. Promover y acordar con otras instituciones y organismos instancias de formación y capacitación tanto hacia al interior del dispositivo como hacia la comunidad.
  8. Elevar los informes pertinentes a las autoridades correspondientes.

Artículo 8°: Sustitución de la coordinación y/o autoridades. La coordinación será responsable de elaborar y mantener a resguardo todos los documentos de registro e informes que den cuenta de las actividades desarrolladas por la Mesa Local Intersectorial durante el ejercicio de su función. Ante cualquier sustitución o modificación de la coordinación y/o de las autoridades del dispositivo deberá poner a disposición de las coordinación designada toda la documentación existente dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la designación.

Artículo 9°: Confidencialidad. Toda persona que integre o participe en la Mesa Local Intersectorial deberá preservar el derecho a la intimidad de las mujeres y LGBTI+ en situación de violencia y conservar estricta reserva sobre toda documentación e información a la que accedan, las que mantienen carácter reservado y confidencial. La Mesa Local Intersectorial no aborda casos singulares. En caso de que sea necesario trabajar los emergentes que hubieran surgido a partir del abordaje de un caso específico se deberán establecer los mecanismos adecuados para preservar la identidad de la persona en situación de violencia.

Artículo 10°: Reglamento Interno. La Mesa Local Intersectorial dictará su Reglamento Interno, en el que se establecerán las cuestiones referidas a su funcionamiento.

Artículo 11°: Promoción y prevención. La Mesa Local Intersectorial promoverá actividades de promoción y/o prevención. Entre otras acciones, podrá informar sobre los recursos existentes para la atención de la problemática, difundir los derechos de las mujeres y LGTBI+, sensibilizar a la ciudadanía en relación a las violencias por razones de género, y favorecer la construcción de vínculos libres de violencias, entre otras.

Artículo 12°: Comisiones de Trabajo. La Mesa Local Intersectorial podrá conformar comisiones de trabajo para el abordaje de emergentes, temáticas y/o la planificación e implementación de acciones específicas. Su conformación, objetivo general y modalidad de trabajo serán definidos mediante acuerdo de la Mesa Local Intersectorial. Para la conformación de las comisiones de trabajo podrán convocarse organismos, actores comunitarios y referentes institucionales que no forman parte de la Mesa Local Intersectorial pero que resulten de relevancia para el cumplimiento de los objetivos propuestos para la comisión.

Artículo 13°: Comisión de Diversidad. Créase la Comisión permanente para el abordaje de las violencias hacia LGBTI+ en el ámbito de la Mesa Local Intersectorial. La Comisión estará conformada por actores/as comunitarios/as y referentes institucionales. La comisión tendrá por objetivo general promover el acceso a derechos de la población LGTBI+ del distrito, fomentando el diálogo interinstitucional, intersectorial y comunitario, en el que se propongan y articulen políticas públicas, estrategias de acceso a las mismas y la prevención de las violencias y discriminaciones.

Artículo 14°: Comunicación. La Mesa Local Intersectorial dispondrá los medios para la información y difusión hacia la comunidad sobre todas aquellas acciones relevantes realizadas, los recursos disponibles en el territorio y sobre toda información de especial interés referida a la temática.

Artículo 15°: Comuníquese, regístrese y archívese.