Boletines/Chivilcoy
Ordenanza Nº 10805
Chivilcoy, 15/11/2024
ORDENANZA
Artículo 1°: Facultase al Departamento Ejecutivo a celebrar con Provincia Leasing S.A. contrato de leasing en forma de contratación directa de conformidad a lo establecido por el art. 156 inc. 2 de la Ley orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 2°: La operación de leasing que se autoriza a contraer estará sujeta a las siguientes condiciones financieras:
Artículo 3°: El bien a adquirir en leasing será destinado al área de servicios públicos, tratamiento y disposición final de residuos ubicado en el corralón municipal de Chivilcoy.
Artículo 4°: La obligación de pago que asume la Municipalidad será garantizada mediante la autorización del débito de los servicios correspondientes de su cuenta corriente y en caso de insuficiencia de fondos autorizará irrevocablemente a Provincia Leasing SA a cancelar estos con los fondos provenientes del régimen de coparticipación impositiva o aquel que lo reemplace, aún antes de su acreditación en cuenta corriente. Luego de que se efectivicen las retenciones previstas por ley, se autoriza a Provincia Leasing S.A. a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de las amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se origine con motivo de cubrir el presente leasing.
Artículo 5°: El Departamento Ejecutivo preverá en los instrumentos presupuestarios vigentes y futuros los rubros y partidas necesarios para dar ingreso a los recursos referidos y egreso de los fondos para atender los servicios de la deuda hasta su total cancelación.
Artículo 6°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir los convenios, contratos y demás documentación que resulten necesarios a fin de posibilitar la concreción de la presente operación en los términos que acuerden las partes.
Artículo 7°: Comuníquese, publíquese y archívese.