Boletines/Chivilcoy

Decreto Nº2221

Decreto Nº 2221

Chivilcoy, 13/11/2024

Valor de las guardias activas y pasivas

Visto

el artículo 32° de la Ordenanza de Presupuesto N°10.635/23 en la cual se establece: “El D.E fijará, mediante decreto, los montos correspondientes a las guardias médicas pasivas, día hábil e inhábil, según categoría correspondiente, a realizarse en el Hospital Municipal y en el Hospital de Moquehuá”, y

Considerando

que resulta necesario la actualización de los valores de las guardias médicas.

El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta

Artículo 1°: Establézcase el valor de las guardias activas y pasivas para el Hospital Municipal de Chivilcoy,de acuerdo a la siguiente tabla detallada a continuación, correspondiente al mes de agosto del corriente año:

GUARDIAS ACTIVAS

SERVICIO

GUARDIA-DIA HÀBIL

GUARDIA- DIA INHÀBIL

Guardia General

280,000

340,000

Pediatría

280,000

340,000

Neonatología

280,000

340,000

Ginecología

280,000

340,000

Obstetricia

210,000

250,000

Terapia Intensiva

280,000

340,000

Laboratorio

170,000

200,000

 

GUARDIAS PASIVAS

SERVICIO

GUARDIA-DIA HÀBIL

GUARDIA- DIA INHÀBIL

Guardia

50,000

60,000

Neurocirugía

120,000

145,000

Cirugía General

160,000

195,000

Traumatología

160,000

195,000

Urología

50,000

60,000

Cardiología

50,000

60,000

Tomografias

     35,000

42,000

Clínica Médica

35,000

42,000

Salud Mental

50,000

60,000

Ecografías

30,000

36,000

Otorrinolaringología

     30,000

36,000

Gastroenteróloga

30,000

36,000

Oncología

30,000

36,000

Ginecología

50,000

60,000

Neonatología

50,000

60,000

Kinesiología

30,000

36,000

Cirugía maxilofacial

35,000

42,000

Hemoterapia

35,000

42,000

Endocrinología

35,000

42,000

Internación Pediátrica

50,000

60,000

 

Artículo 2°: Establézcase el valor de las guardias activas para el Hospital Primario de Moquehuá de acuerdo a la siguiente tabla detallada a continuación, correspondiente al mes de agosto del corriente año.

SERVICIOS

DÍA HÁBIL

DÍA INHÁBIL

Guardia General

190,00

230,00

 

Artículo 3º: Cúmplase, publíquese, tome nota quien corresponda, dése al R.O., archívese.