Boletines/Chascomús
Resolución Nº 235/18
Chascomús, 15/06/2018
Visto
La necesidad de Habilitar la unidad vehicular marca MERCEDES BENZ, Modelo VITI 111 CDI, Dominio PIY589, Año 2015 propiedad de la Señora MICHELENA MARÍA JIMENA, DNI: 28.297.008, Exp Nº 4030-136309/V para prestar servicio como “REMIS”, de la agencia VIAJES Y TURISMO CHASCOMÚS S.R.L. de nuestra ciudad, de acuerdo a Ordenanza Nº 4739/14, que regula actividad de los remises; y
Considerando
Que es necesario dictar el acto administrativo que regularice tal situación;
Que la presente habilitación se realiza en razón de haber presentado la documentación exigida para el presente trámite;
Que durante la validez de la habilitación deberá presentar la documentación con vencimiento durante dicho período: recibo de pago de patente, Póliza de seguro y Verificación Técnica vehicular;
Que en caso de no efectuarse la actualización pertinente quedará sin efecto la correspondiente habilitación;
Que el presente vehículo deberá contar en forma obligatoria con los siguientes elementos: cinturones de seguridad en todos los asientos, matafuego y botiquín de primeros auxilios;
Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
Por ello, el Señor Secretario de Hacienda que suscribe, en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Habilítese la unidad vehicular marca MERCEDES BENZ, Modelo VITI 111 CDI, Dominio PIY589, Año 2015 propiedad de la Señora MICHELENA MARÍA JIMENA, DNI: 28.297.008, Exp Nº 4030-136309/V para prestar servicio como “REMIS”, de la agencia VIAJES Y TURISMO CHASCOMÚS S.R.L. de nuestra ciudad, de acuerdo a Ordenanza Nº 4739/14, que regula actividad de los remises.-
ARTICULO 2º.- Establécese que el vehículo deberá contar en forma obligatoria con los siguientes elementos: cinturones de seguridad en todos los asientos, matafuego y botiquín de primeros auxilios. Durante la vigencia de la habilitación la titular deberá presentar la documentación que acredite durante dicho período: Recibos de pago del impuesto automotor patente, Póliza de seguro y Verificación Técnica vehicular en el área de habilitaciones de la Municipalidad bajo caducidad de la misma.-
ARTICULO 3º.- El vencimiento de la presente habilitación es el día 31 de Mayo de 2019 de acuerdo a título V, Artículo 10, Ordenanza Impositiva.-
ARTICULO 4º.- Notifíquese a Oficina de Habilitaciones, propietario y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-