Boletines/Chascomús
Decreto Nº 1159/24
Chascomús, 27/12/2024
TITULO EJECUTIVO
Visto
El Expediente Administrativo GDE EX-2023-00007200- -CHASCOMUS-OMIC#SG caratulado “NAJERA PATRICIA CRISTINA C/ MEFA S.R.L. S/ DENUNCIA LEY” iniciado por Patricia Cristina Nájera ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC); y
Considerando
Que al orden 26 referido expediente, obra la sentencia emitida por el Juez de Faltas Municipal, en la cual dispuso imponer a MEFA S.R.L, , con domicilio en Ruta 19 km 33 de la ciudad y partido de Córdoba, una MULTA de Pesos UN MILLON SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS ($ 1.068.600), por la infracción a los artículos 8 bis y 19 de la ley Nacional Nº 24.240, más la reposición en concepto de tasa de actuación, el sellado (Derecho de Oficina Fiscal Impositiva 2024) por actuación municipal, Titulo X articulo 15 punto 23 la suma de Pesos NUEVE MIL DOSCIENTOS SEIS SETENTA CENTAVOS ($ 9.206,70).
Que dicha multa debía abonarse en el plazo improrrogable de 10 días hábiles de notificada la sentencia y depositar ante una cuenta bancaria del Banco Provincia de Buenos Aires, sucursal 6942, en pesos Cuenta 9007/2, CUIT 30-99926759-5, CBU 0140331001694209000728, “Municipalidad de Chascomús”, debiendo el infractor presentar el comprobante de depósito ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor, sita en calle Dorrego Nº 229 de Chascomús, caso contrario se remitirán las actuaciones al Área de Asuntos Legales de la Municipalidad de Chascomús para iniciar juicio de apremio en procura de su cobro.
Que al orden 29 del descripto expediente, obra constancias de cédula de notificación que se envió al infractor en la que se transcribió la mencionada Disposición, sin que se procediere a su complimiento o depósito.
Que en consecuencia, resulta necesario a los fines de reclamar las mencionadas sumas por la vía de apremio, confeccionar el pertinente Título Ejecutivo.
Que la Dirección de Asuntos Legales dictamino deberá llevarse adelante el proceso judicial de apremio, en procura del cobro de la multa dispuesta por la Oficina Municipal de Información al Consumidor, debiéndose emitir el correspondiente título ejecutivo.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Procédase a la Emisión de Título Ejecutivo correspondiente a MEFA S.R.L, , con domicilio en Ruta 19 km 33 de la ciudad y partido de Córdoba, por una multa PESOS UN MILLON SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS ($ 1.068.600), más la reposición en concepto de tasa de actuación de PESOS NUEVE MIL DOSCIENTOS SEIS SETENTA CENTAVOS ($9.206,70), dispuesta en el marco del Expediente EX-2023- 00007200- -CHASCOMUS-OMIC#SG , de conformidad a las consideraciones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Iníciese la correspondiente acción judicial para perseguir el cobro por la vía de Apremio a través de la Dirección de Asuntos Legales.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Contaduría, Cómputos, Oficina Municipal de Información al Consumidor y Dirección de Asuntos Legales.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-