Boletines/Chascomús

Decreto Nº1123/24

Decreto Nº 1123/24

Chascomús, 23/12/2024

ADJUDICAR CONCURSO DE PRECIOS N° 104/24

Visto

El Concurso de Precios N°104/24, tramitado por Expediente Administrativo N° 4030-166064/M para “Compra de piedra para mejora y mantenimiento de calles urbanas”; y

Considerando

Que a tal efecto fueron convocados distintos proveedores.

Que habiéndose llevado a cabo la apertura de las propuestas en fecha 19 de Diciembre de 2024 a las 12:00 horas, se presentan como oferentes:

  • SERDIPA CONSTRUCCIÓN S.A., Con una oferta de PESOS VEINTIDÓS MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHO ($ 22.504.808).
  • JUAN CRUZ GODOY, Con una oferta de PESOS VEINTIDÓS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS ($ 22.399.200).

Que la Comisión de Adjudicación analiza las ofertas presentadas y aconseja al Intendente Municipal adjudicar, aplicando el Principio de Prioridad de Contratación a favor de personas físicas o jurídicas con domicilio y/o establecimiento comercial en el partido que se realiza la contratación, previsto en el Artículo 156 bis de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Concurso de Precios 104/2024 “Compra de piedra partida para mejora y mantenimiento de calles urbanas”  por ser  la oferta conveniente y configurarse los requisitos establecidos en el artículo mencionado, una diferencia de precios del 0.47%, a:

  • SERDIPA CONSTRUCCIÓN S.A., por una suma de PESOS VEINTIDÓS MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHO ($ 22.504.808).

Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente a los fines de adjudicar el concurso.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Adjudíquese el Concurso de Precios 104/24 tramitado por Expediente Administrativo 4030-166064 “Compra de piedra partida para mejora y mantenimiento de calles urbanas” a SERDIPA CONSTRUCCIÓN S.A. por una oferta de PESOS VEINTIDÓS MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHO ($ 22.504.808).-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada,Contaduría, Tesorería, Oficina de Compras y firma adjudicataria.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-