Boletines/Chascomús
Decreto Nº 1121/24
Chascomús, 23/12/2024
PODER DE POLICIA
Visto
La necesidad de contar con personal autorizado para ejercer el poder de Policía Municipal en el área de Seguridad Urbana; y
Considerando
Que resulta necesario contar con personal autorizado para realizar su cometido -labrar actas de constatación y/o infracciones-, ejerciendo además el resto de las competencias inherentes a la función de Inspector Municipal con sujeción al ordenamiento jurídico vigente.
Que los agentes propuestos reúnen las condiciones de idoneidad y capacitación correspondiente para el cargo que se les asigna.
Que, en consecuencia, es conveniente y necesario dictar el acto administrativo que asigne el ejercicio del poder de Policía Municipal.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Otórguese Poder de Policía Municipal para ejercer funciones en el área de Seguridad Urbana, a los siguientes agentes:
ARTICULO 2°.- La facultad conferida del ejercicio del poder de Policía Municipal podrá ser revocada cuando razones suficientemente justificadas así lo demuestren.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Juzgado de Faltas Municipal, Dirección Administrativa de RR.HH., Dirección de Liquidaciones, Secretaría de Seguridad Ciudadana y Agente.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-