Boletines/Chascomús

Decreto Nº1096/24

Decreto Nº 1096/24

Chascomús, 18/12/2024

SUBSIDIO

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00051319-CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado “Solicitud subsidio económico para la compra de materiales”; y

Considerando

Que, en consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que resulta adecuado al cumplimiento de los fines del Estado el acompañamiento al peticionante con el otorgamiento de un subsidio para la compra de materiales para la vivienda en que habita junto a su grupo familiar, de conformidad con las consideraciones ut supra expuestas, debiendo verificarse por parte de la Secretaría de Desarrollo Social la utilización del subsidio otorgado para los fines que fue peticionado.

Por ello, el Intendente Municipal Interino (Leandro Bordalecou) que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Otórguese subsidio, para la compra de materiales, ya que, debido a la inundación por las fuertes y constantes precipitaciones del día 26 de Noviembre del corriente año sufrió pérdidas de materiales que tenía en su vivienda, sita en calle Costa Rica N° 155 de esta ciudad, de conformidad con lo expuesto en el exordio.-

ARTICULO 2°.- El monto total de la ayuda asciende a la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS ($ 478.676), siendo su proveedor SERVIMAT.SA, a otorgarse en una única cuota, sin cargo de reintegro y sin obligación de rendición de cuentas.-

ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 37.04.00, Partida 5.2.1.0, Fuente 132, Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales (11.4.09.00).-

ARTICULO 4°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Políticas Comunitarias, Contaduría, Tesorería, Secretaria de Desarrollo Social y beneficiaria.-

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y la Secretaria de Desarrollo Social (Yanina Gazzaniga) .-

ARTÍCULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal  y archívese.-