Boletines/Chascomús
Decreto Nº 1084/24
Chascomús, 11/12/2024
COMPRA VEHICULO
Visto
El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00050345-CHASCOMUS-MESA#SG iniciado para “Compra de vehículo tipo furgón para la Secretaría de Desarrollo Social”; y
Considerando
Que a través del mismo, desde la Secretaría de Desarrollo Social, se tramita la compra de un Furgón SPRINTER con la finalidad de contar con un vehículo apropiado a los fines de cumplimentar, principalmente, con traslado de personas, incluyendo la posibilidad de adaptar una rampa que garantizaría la accesibilidad, pero que, a su vez, también podrá utilizarse en otros traslados necesarios que podrían originarse en el resto de las dependencias municipales.
Que, como se indica en los informes agregados al expediente, se trata de un vehículo MERCEDES BENZ, Furgón SPRINTER, Dominio AB432AJ, Modelo-Año 2017, ofrecido por un particular residente en nuestra ciudad, lo que permitió realizar una evaluación de su estado en el Taller Municipal.
Que, del mismo, surge que se encuentra en muy buen estado de conservación y funcionamiento, con todos los servicios de mantenimiento realizados en Agencia Oficial y con VTV vigente hasta 09/2025, considerándose conveniente su compra.
Que, al mismo tiempo, se debe agregar que al oferente le interesa recibir en parte de pago el automotor VOLKSWAGEN VENTO, Dominio GJO548, propiedad de la Municipalidad de Chascomús, cuya baja, venta y libre disposición fue autorizada por el H. Concejo Deliberante a través de la sanción de la Ordenanza Nº 5862/2024.
Que, en virtud de esto, se conformó la Comisión Técnica de Tasación, en los términos del Decreto Nº 885/2016, la que indicó que el precio propuesto por el oferente se corresponde con el estado y las condiciones del bien, certificándose además que la operación se encuadra en los niveles de precios y en las condiciones habituales de mercado.
Que, atento lo referido, se considera razonable realizar la compra del vehículo en cuestión, en los términos del Artículo 156º inc. 10 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, habiéndose cumplimentado con lo previsto en el Artículo 158º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Que, asimismo, se procederá a la entrega en parte de pago, por un valor de $ 3.500.000, del vehículo VW VENTO, Dominio GJO548, según lo autorizado en la Ordenanza Nº 5862/2024.
Que la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que se encuentra cumplido el procedimiento correspondiente para autorizarse la compra de un vehículo marca MERCEDES BENZ, Dominio AB432AJ, Modelo-Año 2017, a su titular, ALVAREZ Marcela Alejandra, CUIT 27-16925801-0, según lo prescripto en el inciso 10) del Artículo 156º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Por ello, el Intendente Municipal Interino (Leandro Bordalecou) que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Autorícese la compra de un vehículo MERCEDES BENZ, Furgón SPRINTER, Dominio AB432AJ, Modelo-Año 2017, a su titular ALVAREZ Marcela Alejandra, CUIT 27-16925801-0, según lo prescripto en el inciso 10) del Artículo 156º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTICULO 2°.- El costo total de la compra autorizada en el Artículo 1º asciende a la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000), entregándose en parte del pago el vehículo VW VENTO, Dominio GJO548, según lo autorizado en la Ordenanza Nº 5862/2024 por un valor de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 3.500.000) el cual será transferido a nombre de quien disponga el vendedor, cancelándose el saldo resultante en PESOS VEINTISÉIS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 26.500.000) a través de transferencia bancaria a la cuenta que declare la titular.-
ARTICULO 3°.- El ingreso generado por la entrega del vehículo GJO548 será registrado en la cuenta correspondiente a Venta de Bienes; y el gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la jurisdicción 1110110000, Categoría Programática 01.00, Partida 4.3.2, Fuente de Financiamiento 110.-
ARTICULO 4°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Desarrollo Social, Dirección de Compras, Contaduría, Tesorería y Dirección de Patrimonio.-
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTÍCULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-