Boletines/Chascomús

Decreto Nº1066/24

Decreto Nº 1066/24

Chascomús, 09/12/2024

LICENCIA

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00000729-CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado “Solicitud de licencia agente OCERIN Roció Soledad”; Decreto 32/24; y

Considerando

Que la agente municipal OCERIN Roció Soledad, solicita se le extienda la Licencia Especial concedida por el Decreto 32/24, por un plazo de seis meses, a partir del 30/07/24.

Que motiva el pedido en la necesidad de radicarse fuera de la ciudad porque su pareja fue destinada laboralmente a Domselaa.

Que la Ley 14.656, establece en el Art. 96 que “Por causas no previstas en esta ley y que obedezcan a motivos de real necesidad debidamente documentados, podrán ser concedidas licencias especiales con o sin goce de haberes...”.

Así, el citado artículo mantiene en idénticos términos la licencia prevista por el Art. 46 de la Ley 11.757 respecto del cual la Asesoría General de Gobierno en Dictamen Nº 83359-4 ha sostenido que la amplitud de los términos del Art. 46 de la Ley 11.757 deja al DE un amplio margen de discrecionalidad en cuanto al otorgamiento de la licencia, su duración o extensión y si el agente percibirá durante la misma sus haberes, pues el precepto nada dice.

Que el Secretario de Gobierno ha autorizado la licencia en los términos del Artículo 96 de la Ley 14.656 desde el día 30/07/2024 hasta el 30/01/2025.

Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que podrá concederse Licencia Especial sin goce de haberes en los términos del Artículo 96 de la Ley 14.656, peticionada por la agente, desde el 30/07/24, finalizando la misma el 30/01/25.

Por ello, el Intendente Municipal Interino (Leandro Bordalecou) que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Autorícese Licencia Especial a la agente OCERIN Rocío Soledad, Legajo Nº 10.189, DNI 40.929.299 sin goce de haberes de conformidad con lo prescripto por el Art. 96 de la Ley 14.656, desde el 30/07/2024 hasta el 30/01/2025 inclusive, quien desempeña sus tareas en el Juzgado de Faltas.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección Administrativa de RR.HH., Dirección de Liquidaciones, Juzgado de Faltas y agente en Scalabrini Ortiz N° 158.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Secretario de Recursos Humanos (José Yezza Ross).-

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-