Boletines/Chascomús

Decreto Nº1064/24

Decreto Nº 1064/24

Chascomús, 09/12/2024

CESANTIA

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00048498-CHASCOMUS-DAL#SG, sobre “Situación Agente GONZÁLEZ Cristian Matías”; y

Considerando

Que mediante Notificación de fecha 21/10/24, obrante al orden 3 del Expediente Administrativo GDE, se intimó al agente Cristian Matías GONZÁLEZ, DNI 30.490.512, Legajo N° 8.679 en estos términos “…atento que Ud. ha incurrido en más de cinco (5) inasistencias consecutivas a prestar servicios en la Municipalidad de Chascomús, no habiéndose presentado a trabajar desde el día 04/11/24, fecha en la que debía reintegrarse al concluir el plazo de la Licencia sin goce de sueldo otorgada, lo intimo a que se reintegre a sus tareas habituales dentro del término de un día hábil subsiguiente de haber recibido la presente, bajo apercibimiento de quedar incurso en abandono de cargo y decretarse su cesantía de conformidad con lo dispuesto por el Art. 108 de la Ley 14.656”.

Que al orden 4 se agrega ME-2024-00048438-CHASCOMUS-SOSPU mediante el cual desde la Dirección de Vialidad se informa que al día 25/11/24 el agente no se presentó a su puesto de trabajo.

Que ante la intimación al agente para que se presente a trabajar sin haber recibido ninguna comunicación y/o justificación de parte del mismo, se ha configurado el abandono de puesto de trabajo dispuesto por el Art. 108 de la Ley 14.656.

Por lo expuesto, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que corresponde dictar el acto administrativo pertinente para decretar la Cesantía de GONZÁLEZ Cristian Matías, por haber incurrido en abandono de puesto de trabajo (conf. 108 primer párrafo de la Ley 14.656).

Por ello, el Intendente Municipal Interino (Leandro Bordalecou) que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Decrétese la cesantía del agente GONZÁLEZ Cristian Matías, DNI 30.490.512, Legajo N° 8.679, por haber incurrido en abandono injustificado de su puesto de trabajo de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 108 primer párrafo de la Ley 14.656.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Ambiente, Subsecretaría de Servicios, Dirección de Vialidad, Dirección Administrativa de RR.HH., Dirección de Liquidaciones y al agente en el domicilio sito en calle Grito de Dolores N° 607 de Chascomús.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Secretario de Recursos Humanos (José Yezza Ross).-

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-