Boletines/Chascomús

Ordenanza Nº5860/24

Ordenanza Nº 5860/24

Chascomús, 28/11/2024

VISTO:

El Expediente Administrativo N° 4030-165515/M, caratulado como “Inscripción de Inmueble Reserva Fiscal a favor de la Municipalidad de Chascomús de los bienes denominados catastralmente como Circ. V, Secc. A, Mz. 2, Pcs. 17 y 18”; y

CONSIDERANDO:

Que los inmuebles descriptos en el citado expediente resultan ser Reservas Fiscales.

Que en el marco del Decreto Ley N° 9533/80, en su artículo 2° establece que: “Constituyen bienes del dominio Municipal las reservas fiscales de uso público que hubieran cedido a la Provincia en cumplimiento de normas sobre fraccionamiento…”, y en su artículo 6 expresa que:” A solicitud de los municipios, instrumentará las medidas necesarias para incorporar al dominio Municipal los bienes que esta Ley le atribuye y cuya cesión o inscripción constatare a nombre de la Provincia”.

Que, a los efectos de regularizar la situación de dominio, corresponde se proceda su inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires a favor de la Municipalidad de Chascomús.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente

ORDENANZA

ARTICULO 1º.-  Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar las gestiones tendientes a inscribir en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a favor de la Municipalidad de Chascomús, los Inmuebles ubicados en el Partido de Chascomús (027), designados catastralmente como Circunscripción V, Sección. A, Manzana 2, Parcelas 17 y 18, Partidas Inmobiliarias N° 10.655 y 10.656 respectivamente, cedido por el plano de Mesura característica 27-143-1948s.-

ARTICULO 2°.- De forma.-