Boletines/Chascomús

Ordenanza Nº5859/24

Ordenanza Nº 5859/24

Chascomús, 28/11/2024

VISTO:

El Expediente Administrativo N° 4030–162464/M caratulado “SOLICITUD INSCRIPCION INMUEBLE – NOMENCLATURA CATASTRAL CIRC II, Secc. B, CH 48, MZ 48 U, Pc. 7 a favor de la Municipalidad de Chascomús” y la Ordenanza N° 5755/2023; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ordenanza N° 5755/2023 se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar ante la Provincia de Buenos Aires las gestiones tendientes a incorporar al dominio de la Municipalidad de Chascomús de conformidad con los artículos 2 y 6 del Decreto Ley 9533/80, el bien inmueble designado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 48, Manzana 48 u, Parcela 7 a Partida 10.482, Matrícula 027-7854 cedido por el plano de Mensura característica 27-09-1952.

Que hace saber la Dirección de Catastro que por error involuntario se ha omitido consignar en el texto de la Ordenanza la Matricula (027) 7855.

Que, conforme ello, la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado envié el D.E. proyecto de Ordenanza al H.C.D. a los efectos de modificar el Artículo 1° de la Ordenanza N° 5755/2023, a fin de incluir la Matricula 7855.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente

ORDENANZA

ARTICULO 1º.-  Modifíquese el Artículo 1° de la Ordenanza N° 5755/2023, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 1°: “Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar ante la Provincia de Buenos Aires las gestiones tendientes a incorporar al dominio de la Municipalidad de Chascomús de conformidad con los artículos 2 y 6 del Decreto Ley 9533/80, el bien inmueble ubicado en el Partido de Chascomús (027) designado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 48, Manzana 48 u, Parcela 7 a, Partida 10.482, Matrículas 027-7854 - 7855, cedido por el plano de Mensura característica 27-09- 1952”.-

ARTICULO 2°.- De forma.-