Boletines/Tres de Febrero

Decreto Nº595/17

Decreto Nº 595/17

Tres de Febrero, 12/06/2017

Visto

La Ley Orgánica de las Municipalidades aprobada por Decreto Ley Nº 6769/1958, el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el Decreto Provincial Nº 2980/2000 Reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y

Considerando

Que por el plexo normativo citado en el Visto se regula el procedimiento de adquisiciones de bienes y servicios que rige en la Municipalidad de Tres de Febrero;

Que por el presente actuado tramita la contratación de servicios para la intervención vial y obras complementarias sobre la calle Perdriel;

Que la Secretaría de Desarrollo Urbano ha dado inicio al presente actuado, detallando los servicios de intervención vial cuya contratación se propicia;

Que la referida instancia ha elaborado los Proyectos de Pliego de Bases y Condiciones Generales, pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas que regirá la presente, todo de conformidad con la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades;

Que en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias, el presupuesto oficial para la intervención vial y horas complementarias descriptos en los Pliegos de aplicación, asciende a la suma de Pesos Siete Millones Quinientos Quince Mil Seiscientos Cuatro con 13/100 ($7.515.604,13.) ;

Que en atención a la envergadura de la presente licitación, y el volumen de los documentos licitatorios, se ha valorizado el pliego de aplicación en Pesos Tres Mil
Ochocientos ($3.800,00.-);

Que fundamenta este proceder de la administración, la protección de los intereses económicos del Municipio que le debe observar en todas las etapas del proceso licitatorio los criterios de austeridad ahorro en el uso de sus recursos, los que en el particular podrían resultar menguado por la extensión y cuantía de la documentación objeto de la presente, tornándose la gratuitidad del pliego en una formalidad costosa e innecesaria;

Que este recaudo se impone a todo aquel que pretenda presentarse como oferente en la Licitación Pública de marras, sin que represente un óbice a la concurrencia e igualdad de los potenciales interesados ;

Que a los fines de lograr de mejor manera el objetivo expresado y asegurar la concurrencia de la mayor cantidad de oferentes posibles, resulta oportuno convocar a un llamado a Licitación Pública en los términos arriba expuestos;

Que en virtud de todo lo expuesto , corresponde el dictado del acto administrativo, aplicación y llame a la Licitación Pública Nº 26/2017 con el objeto de la contratación de servicios para la intervención vial y obras complementarias sobre la calle Perdriel;

Que el presente procedimiento cuenta con el correspondiente compromiso y respaldo presupuestario a fin de hacer frente a las erogaciones propiciadas;

Que ha tomado intervención la Subsecretaria de Legal y Técnica de la Municipalidad de Tres de febrero;

Por ello, en virtud de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, aprobada por Decreto Ley Nº 6769/58, el Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y el Decreto Nº 2980/00,

EL INTENDENTE DE TRES DE FEBRERO DECRETA

ARTICULO  1°.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y el Pliego de Especificaciones Técnicas que regirán la Licitación Publica Nº 26/2017, los que forman parte integrante del presente.

ARTICULO  2°.-  Llámese  a  la  Licitación  Pública  Nº  26/2017  para  la  contratación  de servicio para la intervención vial y obras complementarias sobre la calle Perdriel para el día 1 de Julio de 2017 a las 12 horas, con un presupuesto oficial de Pesos  Siete  Millones  quinientos  Quince  Mil  Seiscientos  Cuatro  con  13/100, ($7.515.604 ,13.-). Las ofertas se recibirán en sobre cerrado en la Dirección de Contrataciones de la Municipalidad de Tres de Febrero hasta el día y hora indicado en el resente artículo, de acuerdo a los Pliegos aprobados por el Articulo 1° del presente.

ARTICULO  3°. - Autorizase a la Dirección de Contrataciones dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir Circulares aclaratorias y/o ampliatorias sobre la documentación aprobada en el Artículo 1° del presente, siempre que no implique la modificación del Pliego de Bases y Condiciones Generales ni del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de aplicación.  

ARTICULO  4°.- Fíjese el  valor del Pliego en  la suma de Pesos Tres Mil Ochocientos ($3.800,0 .-) el cual podrá ser adquirido en la Dirección de Contrataciones de la Municipalidad de Tres de Febrero.

ARTICULO  5°.-  La  erogación que  demande  la  presente  gestión  será  imputada  a  la correspondiente partida presupuestaria del Ejercicio en vigor.

ARTICULO  6°. - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda y Sr. Secretarío de Desarrollo Urbano.

ARTICULO  7°. -  Remites  las  invitaciones  de  rigor  y  dese  cumplimiento  a  las publicaciones correspondientes de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de las municipalidades y el  Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, por el  término de dos (2) días con quince (15) días hábiles e anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tres de febrero, dos (2) días en un diario de distribución masiva del Municipio de Tres de Febrero y en la página de Internet de la Municipalidad.

ARTICULO  8°.- Registrese, pase a la direccion Para su conocimiento y demás efectos.