Boletines/Zárate

Decreto Nº894/24

Decreto Nº 894/24

Zárate, 23/12/2024

Visto

El Decreto Municipal Nº 28/24, de fecha 15 de Enero de 2024, que estableciera el valor de las Guardias Médicas a realizarse en todo el ámbito de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Zárate, y el Decreto Municipal Nº 109/24 de fecha 5 de Febrero de 2024; y-

Considerando

Que, bajo el ámbito de la Secretaría de Salud, se encuentra en funcionamiento el Hospital Intermedio Municipal Dr. Rene Favaloro, la Unidad Sanitaria Dr. Aurelio Aleotti, de la localidad de Lima, las Unidades Sanitarias y Salas de Primeros Auxilios de todo el Partido, que prestan servicios profesionales médicos continuos, es por ello que, resulta necesario contar con mecanismos formales que posibiliten el normal desarrollo y funcionamiento de los mismos, respecto puntualmente a las guardias médicas;

Que, en virtud de lo hasta aquí expuesto, y en función de no alterar las prestaciones sanitarias y servicios médicos que actualmente se prestan, se considera necesario contemplar un mecanismo de actualización de valores correspondientes a las Guardias Médicas realizadas por el personal que revista carácter de mensualizado como así también de planta permanente;

Que, actualmente se encuentran desfasados los valores mínimos éticos establecidos por el Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires -Concejo Superior-, con respecto a las guardias médicas que brindan los profesionales para la Municipalidad de Zárate;

Que, en la misma tesitura de los considerandos precedentes, deviene en ineludible para el Departamento Ejecutivo Municipal, actualizar los montos correspondientes a las guardias de doce (12) y de veinticuatro (24) horas que se realicen en el ámbito de la Secretaría de Salud por parte del personal médico que revista el carácter de mensualizado y/o de planta permanente;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de las atribuciones que le acuerda el Decreto–Ley 6.769/58,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º. - Se establece con vigencia a partir del día 17 de Diciembre de 2024, como monto correspondiente a las Guardias Médicas (24 hs y 12 hs.) En el ámbito de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Zárate, para el personal que revista el carácter de mensualizado y/o de planta permanente en $ 291.146,60.- (PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS CON SESENTA CENTAVOS) para aquellas guardias realizadas en días hábiles, y en $ 320.261,27.- (PESOS TRESCIENTOS VEINTE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UNO CON VEINTISIETE CENTAVOS) para las guardias realizadas los días sábados, domingos o feriados. Asimismo, se establece el valor correspondiente a las Guardias Médicas (12 hs.) para el personal que revista el carácter de mensualizado y/o de planta permanente en el ámbito de dicha Secretaría en $ 145.573,30.- (PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES CONTREINTA CENTAVOS) para aquellas guardias realizadas en días hábiles, y en $ 160.130,63.- (PESOS CIENTO SESENTA MIL CIENTO TREINTA CON SESENTA Y TRES CENTAVOS) para las guardias realizadas los días sábados, domingos o feriados. El valor hora para las guardias realizadas en días hábiles será de $ 12.131,10.- (PESOS DOCE MIL CIENTO TREINTA Y UNO CON DIEZ CENTAVOS) y para las guardias realizadas los días sábados, domingos o feriados será de $ 13.344,21 (PESOS TRECE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON VEINTIÚN CENTAVOS)”.-

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Salud, Dr. RICARDO RUBEN IGLESIAS.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tomen conocimiento la Secretaría de Salud, Secretaría de Economía, Contaduría, Tesorería, Dirección General de Recursos Humanos, y archívese.-