Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1695/24
Coronel Pringles, 28/10/2024
Visto
el Expedientes N° 2.259/24, iniciado por la Ing. Agrimensora Noelia Sali, Directora de Catastro, Tierra y Vivienda; y
Considerando
Que mediante el mismo y lo normado en la Ordenanza N° 5.007/24 solicita se proceda a la venta del terreno cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción XIII, Sección B, Manzana 128b, Parcela 7, de 10.00 m de frente por 21.30 m de fondo, Superficie de 213.00 m2, cuyo precio base fue determinado según lo dicta el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 5.007/24 a través de 2 tasaciones realizadas por martilleros y/o corredores públicos, siendo el precio resultante de $10.000.000,00;
Que se adjunta al mencionado Expediente copia de la Ordenanza Nº 5.007/24, la cual contiene el Pliego y Declaraciones Juradas, Tasaciones realizadas y los Presupuestos por las mismas;
Que por todo lo expuesto se llama a Licitación Pública N° 16/24 para la “Venta de Terreno en Coronel Pringles - XIII-B-128b-7”, con un Presupuesto Oficial de $10.000.000,00, fijando el día 19 de noviembre de 2024 la apertura de propuestas, a la hora 11:00 en la Oficina de Compras de la Municipalidad;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 16/24 para la “Venta de Terreno en Coronel Pringles – XIII-B-128b-7”, con un Presupuesto Oficial de PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000,00).
ARTICULO 2°: Llámese a Licitación Pública N° 16/24 para la “Venta de Terreno en Coronel Pringles”, con un Presupuesto Oficial de PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000,00), Nomenclatura Catastral Circunscripción XIII, Sección B, Manzana 128b, Parcela 7, de 10.00 m de frente por 21.30 m de fondo, Superficie de 213.00 m2, cuyo precio base fue determinado según lo dicta el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 5.007/24 a través de 2 tasaciones realizadas por martilleros y/o corredores públicos, siendo el precio resultante de $10.000.000,00, fijando el día 19 de noviembre de 2024 la apertura de propuestas, a la hora 11:00 en la Oficina de Compras de la Municipalidad.
ARTICULO 3°: Fíjese en la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($3.500,00) el valor del Pliego de Bases y Condiciones Licitación Pública N° 16/24 para la “Venta de Terreno en Coronel Pringles - XIII-B-128b-7”.
ARTICULO 4°: La percepción de la garantía de mantenimiento de la propuesta, en efectivo, se depositará en la Oficina de Recaudación ingresando a la Cuenta de Terceros “Retención Fondo de Garantía” y Títulos nacionales, provinciales, pólizas de seguro de caución, fianzas o aval bancario quedarán a resguardo de la Tesorería, hasta el acto de devolución pertinente.
ARTICULO 5°: Los ingresos que genere la venta de los terrenos fiscales de acuerdo a lo normado en la Ordenanza Nº 5.007/24, se dividirán de la siguiente manera: 1. Un 92% (noventa y dos por ciento) se destinará al Recurso 21.1.01.02 “Infraestructura Urbana”, Jurisdicción 1110119000 “Jefatura de Gabinete”, Fuente de Financiamiento 131 “De Origen Municipal. 2. Un 5% (cinco por ciento) se destinará al Recurso 21.1.01.03 “Programa Municipal Banco de Tierras”, Jurisdicción 1110119000 “Jefatura de Gabinete”, Fuente de Financiamiento 131 – “De Origen Municipal”. 3. Un 3% (tres por ciento) se destinará al Recurso 21.1.01.04 “Regularización Dominial de Terrenos Fiscales”, Jurisdicción 1110119000 “Jefatura de Gabinete”, Fuente de Financiamiento 131 – “De Origen Municipal. Dicha división de ingresos de dinero se detalla en el Artículo Nº 13° de la citada Ordenanza.
ARTICULO 6°: Los gastos que surjan de la recaudación de cada venta de terrenos fiscales serán imputados de la siguiente manera: el 92% a Categoría Programática 25.79.00 “Infraestructura Urbana”, Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Partida 4.2.2.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Público”, Fuente de Financiamiento 131 – “De Origen Municipal”; el 5 % a Categoría Programática 18.03.00 “Programa Municipal Banco de Tierras”, Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Partida según corresponda imputar el gasto, Fuente de Financiamiento 131 – “De Origen Municipal” y el 3% restante a Categoría Programática 18.02.00 “Regulación Dominial, Ordenanza N° 4.069/13”, Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Partida 3.8.9.0 “Impuestos, Derechos y Tasas – Otros”, Fuente de Financiamiento 131 – “De Origen Municipal”.
ARTICULO 7°: Cúmplase, Comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.695/24.