Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1685/24
Coronel Pringles, 25/10/2024
Visto
el Expediente N° 2.362/24 caratulado “SILVIO IPHAIS ASESOR LEGAL SOLICITA SUMARIO”; y
Considerando
Que mediante el mismo informa sobre la posible comisión de falta disciplinaria de parte de la agente municipal Troncoso Norma Mabel, la misma habría publicado en la red social Facebook, en fecha 04/10/24 una foto de una ciudad destruida, en ruinas, aparentemente bombardeada, con la leyenda “El paso del “pueblo de Dios” por la tierra”, con un escrito en su parte superior que marca la foto con una mano y dice: “#tequedasterecortoadolfito”, haciendo una referencia antisemita, dando a entender que Adolfo Hitler debería haber terminado con la vida de más personas judías que las del Holocausto, lo cual es discriminatorio, hostil, expresando prejuicio y odio hacia los judíos en sentido amplio. El antisemitismo es una forma específica de racismo y discriminación, pues se refiere a la hostilidad hacia los judíos, una manifestación de hostilidad, aversión y odio hacia el pueblo judío, a los cuales pertenece una gran cantidad de vecinos de nuestra ciudad. Hacer referencia al patrocinador del Holocausto expresando que se “quedo corto” es una expresión antisemita espantosa y repudiable;
Que estas manifestación de odio o discriminación, no puede minimizarse atento que contravendría una de las obligaciones del agente municipal de no incurrir en conductas discriminatorias y quebranta la prohibición del maltrato hacia vecinos que se identifican con el judaísmo;
Que estas indisciplinas podrían sancionarse hasta con cesantía por lo que corresponde abrir sumario administrativo contra la Sra. Troncoso Norma Mabel, Legajo N° 2566, por posible contravención de los art. 110 inc. 3, 4, 5 y 12 del CCT (arts. 107 inc. 3, 4, 5, 10 Ley 14.656) designando instructor sumariante;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Instrúyase Sumario Administrativo a la agente TRONCOSO Norma Mabel, Legajo Nº 2566, a fin de investigar la posible comisión de: 1. Inconducta notoria, 2. Incumplimiento de las obligaciones del trabajador, 3. Quebrantamiento de las prohibiciones dispuestas en la ley, 4. falta grave que perjudica materialmente a la Administración Municipal o que afecte el prestigio de la misma, Art. 110º inc. 3, 4, 5 y 12 del CCT (107º inc. 3, 4, 5 y 10 Ley 14.656), de acuerdo a lo expuesto en el exordio del presente
ARTICULO 2°: Desígnese Instructor Sumariante al Auxiliar Letrado, Dr. PERALTA Martín.
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.685/24.