Boletines/Magdalena
Decreto Nº 673
Magdalena, 16/05/2024
DECRETO N° 673/24
Visto
Las actuaciones del expediente letra “R” Nº 711/24 mediante las cuales REZZANO Marcelo Guillermo, CUIT 20-14860499-2, solicita que su licencia de Taxi, número 43, sea habilitada para desarrollar actividades en la ciudad de Magdalena, desafectándola del servicio en la localidad de Bavio, tal como fuera originalmente otorgada; y
Considerando
Que la licencia de Taxi número 43, le ha sido otorgada oportunamente mediante Resolución de fecha 7 de marzo de 2017, por haberse realizado una transferencia de María Maura CLER a favor de Marcelo REZZANO;
Que en su artículo 4º, la mencionada resolución expresamente determinaba que la habilitación tendrá validez para desarrollar actividad con parada fija en la localidad de Bavio;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 20 de la Ordenanza 2467/07, la habilitación del vehículo como taxi, puede ser otorgada por el término de cinco años, pudiendo ser renovada en tanto reúna las condiciones exigidas para ello;
Que teniendo en cuenta el año de fabricación del vehículo afectado al servicio en oportunidad del dictado de la resolución antes mencionada, Chevrolet Prisma Joy, dominio AA851TI, modelo 2017, la presente habilitación no puede otorgarse más allá de los diez años de antigüedad del vehículo afectado al servicio;
Que, por otra parte, mediante Decreto 659/23, el Departamento Ejecutivo dispuso el llamado a inscripción de interesados para el Registro de Aspirantes a Licencias de Taxi, para cubrir la cantidad de quince vacantes de licencias a habilitar en la ciudad de Magdalena;
Que evaluadas las presentaciones de los aspirantes, resultaron adjudicados nueve de ellos, otorgándoseles sus respectivas licencias de taxi a través del dictado de los correspondientes actos administrativos;
Que en consecuencia, no se cubrió la totalidad de las licencias en la ciudad de Magdalena, según lo planteado en el Decreto 659/03;
Que por lo tanto, podría hacerse lugar a lo solicitado, habilitándose la licencia Nro. 43 para desarrollar actividades en nuestra ciudad, quedando vacante la que corresponde a la localidad de Bavio, para cubrir en futuras convocatorias de acuerdo a la Ordenanza 2467/07.
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
DECRETA
Artículo 1º: Autorizar, a partir del día de la fecha y por los motivos expuestos en el exordio, la Licencia de taxi número 43, perteneciente a REZZANO Marcelo Guillermo, CUIT 20-14860499-2, para desarrollar actividades con parada fija en la ciudad de Magdalena, de acuerdo a las disposiciones de la Ordenanza 2467/07.
Artículo 2º: Déjase vacante la licencia de taxi de Bavio que, con parada fija en dicha localidad, deberá adjudicarse en futuras convocatorias.
Artículo 3º: En virtud del año de fabricación del vehículo afectado al servicio, la presente habilitación tendrá validez hasta el 31 de diciembre de 2027.
Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.
Artículo 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.
Fdo.
LISANDRO HOURCADE
Intendente Municipal
Fdo.
Dra. Greta López Dorao
Secretaria de Gobierno