Boletines/Magdalena
Decreto Nº 582
Magdalena, 03/05/2024
Visto
La Ordenanza 3516/18 y el Decreto N° 1402/19 y;
Considerando
Que la comunidad de Magdalena exige un espacio para realizar reclamos en carácter de consumidores y/o usuarios de bienes y servicios, tanto públicos como privados.
Que el Honorable Concejo Deliberante dicta la Ordenanza 3516/18 creando la OMIC (Oficina Municipal de Información a los Consumidores) organismo encargado de aplicar los procedimientos sumariales de recepción, comprobación, verificación, determinación, sustanciación, de faltas o denuncias de infracciones a la Ley N° 13.133 y sus normas reglamentarias, conjuntamente con la instancia conciliadora o resolutoria del conflicto.
Que el Decreto N° 1402/19 crea en la órbita de la Secretaria de Gobierno la OMIC determinando sus funciones y misiones.
Que con el fin de poner en pleno funcionamiento la OMIC, se deberá dictar el presente Decreto que determine las pautas esenciales para su puesta en funcionamiento.
El Intendente Municipal en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:
DECRETO:
Artículo 1°: Dispóngase el funcionamiento de la OMIC dentro de la órbita de la Dirección de Asesoría Letrada Municipal.
Artículo 2°: Determínese el funcionamiento de la Oficina en calle Goenaga entre San Martín y Brenan (Centro Cultural) de la Localidad de Magdalena de 08.00 hs a 12.00 hs. Conteniendo la misma todas las etapas previstas en el proceso: conciliatoria y sancionatoria.
Artículo 3°: Impleméntese en forma paulatina la atención de la OMIC en las localidades de Hipólito Vieytes, Bartolomé Bavio y Atalaya, ello en función del tráfico jurídico de cada localidad.
Artículo 4°: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno Dra. Greta López Dorao.
Artículo 5°: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes.
Fdo.
LISANDRO HOURCADE
Intendente Municipal
Fdo.
Dra. Greta López Dorao
Secretaria de Gobierno