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Ordenanza Nº9975/24

Ordenanza Nº 9975/24

Pergamino, 28/11/2024

Honorable Concejo Deliberante de Pergamino

2024 - Año de la defensa de la vida, la libertad y la propiedad

Ordenanza

 

Referencia: ex-4367-24 ordenanza 9975-24 estacionamiento mano izquierda

 

Señor

Intendente Municipal

D. JAVIER ARTURO MARTÍNEZ SU DESPACHO.-

 

VISTO

El Expte. EX-4367-2024 D.E. eleva Expte. N-1440-24 SECRETARIA DE SEGURIDAD. Proyecto de Ordenanza Ref.: Permitir estacionamiento lado izquierdo, y;

 

CONSIDERANDO

Que el objetivo del mencionado sistema es el de generar mayor rotación vehicular      facilitando de esta manera el acceso a lugares habilitados y disponibles para estacionamiento en el ámbito de nuestra ciudad.-

Que el desarrollo y crecimiento de la Ciudad ha venido acompañado de un marcado incremento en el parque automotor, fundamentalmente de autos y motos.-

Que en el centro de nuestra ciudad, además de la zona comercial, se encuentran concentrados innumerables organismos públicos y privados como los Bancos, Anses, AFIP, Arba, Municipalidad, Ministerio Publico Fiscal y de Defensa, Fiscalías de Responsabilidad Juvenil, Sindicatos, Colegios Profesionales, Escuelas, Clubes y Comisiones, etc, lo que genera una mayor afluencia de tránsito de vehículos y de personas. En tal sentido, es necesario generar nuevos espacios de estacionamiento que faciliten el acceso a los mismos.-

Que desde hace varios años se viene implementando el estacionamiento en mano izquierda durante los períodos festivos en determinadas cuadras del microcentro y centro.-

Que recientemente se estableció de forma permanente durante los fines de semana sobre algunas arterias de la ciudad.-

Que con la implementación de estas medidas ha quedado evidenciado que se generan nuevos espacios, que no se afecta el ordenamiento del tránsito, y que además favorece el desarrollo comercial.-

 

 

POR LO EXPUESTO

El Honorable Concejo Deliberante de Pergamino, en la Décimo Octava Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día martes 26 de noviembre de 2024, aprobó por mayoría, la siguiente

 

 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1: Autorícese el estacionamiento sobre el lado izquierdo, en las calles que a continuación se detallan:

  1. San Nicolás desde Alsina a Avenida de Mayo.
  2. Luzuriaga desde Pueyrredón a Echeverría.
  3. Alberti desde Pueyrredón a Echeverría.
  4. Moreno desde Pueyrredón a Echeverría.
  5. Pinto desde 9 de Julio a Moreno.
  6. Echeverría desde Merced a Moreno.
  7. Lagos desde Merced a Dr. Alem.
  8. Pueyrredón desde San Nicolás a Bv. Rocha.
  9. San Martin desde Merced a Dr. Alem.
  10. Saavedra desde Moreno a Dr. Alem.
  11. Mitre desde Merced a Moreno.
  12. Dorrego desde Dr. Alem a San Nicolás.
  13. Gaboto desde Juan B Justo a San Nicolás.
  14. Emilio R. Coni desde 9 de Julio a San Nicolás.
  15. Lavalle desde 9 de Julio a San Nicolás.
  16. Solís desde 9 de Julio a San Nicolás.
  17. Magallanes desde 9 de Julio a San Nicolás.
  18. Garay desde 9 de Julio a San Nicolás.

ARTÍCULO 2: ESTACIONAMIENTO MEDIDO. En las arterias donde exista estacionamiento medido, el mismo estará vigente en ambos lados de la calzada. Quien estacione sobre el lado izquierdo en las arterias permitidas, deberá dar cumplimiento a las disposiciones que regulan la materia.

ARTÍCULO 3: La entrada en vigencia de la presente será a partir del 1 de Enero de 2025.

ARTÍCULO 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos 

ARTÍCULO 5: El Visto y los Considerandos son parte de la presente.

ARTÍCULO 6: De forma.-

 

ORDENANZA N° 9975/24

   Firmantes:   Lucio Q. Tezon (Secretario HCD)

                    Gabriela A. Taruselli (Presidente HCD)

 

 

 

 

Anexos

Decreto 4204-24

Estacionamiento mano izquierda

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