Boletines/Zárate
Decreto Nº 871/24
Zárate, 12/12/2024
Visto
La Ordenanza Nº 5207, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, en fecha 06/12/2024; y
Considerando
Que, mediante la Ordenanza Nº 5207, citada en el Visto, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Concesión con el Ente Municipal de Desarrollo de Zárate (ENDEZA), mediante el cual se le otorga en concesión el servicio y operativa del Servicio, suministro de agua potable, desagües cloacales y pluviales, en su carácter de ente descentralizado municipal;
Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 108º-Inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto-Ley 6769, corresponde al Departamento Ejecutivo su promulgación
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza Nº 5207.-
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Dn. IGNACIO JERONIMO SUAREZ OGALLAR.-
ARTICULO 3º.- Regístrese, Comuníquese, publíquese y archívese.
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121-H.C.D. 484/24.-
VISTO:
La necesidad de adecuar la prestación de los servicios públicos de provisión de agua potable y desagües cloacales en el Partido de Zárate, y.-
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza 3602, por la que se creó la empresa Aguas de Zárate S.A.P.E.M., se le otorgó a ésta la concesión de los servicios públicos de provisión de agua potable y desagües cloacales en el Partido de Zárate.-
Que, mediante Ordenanza 4524 se produjo la reasunción de la prestación del servicio por la Municipalidad, y se aprobó un régimen de contrato de concesión operativa del servicio con la empresa Aguas de Zárate S.A.P.E.M., por el que la contrató para el desarrollo de los aspectos operativos del servicio, pero no como concesionaria, sino como locadora de servicios.-
Que, en ese marco, la Municipalidad de Zárate no sólo es la titular del servicio, sino que actualmente es la prestataria directa del mismo, contratando para la faz operativa a la mencionada sociedad anónima.-
Que, el marco regulatorio provincial, Ley 11820, en su artículo 8°, prevé que los municipios que tienen a su cargo la prestación del servicio sanitario, en su carácter de poder concedente, deleguen dicha prestación a terceros.-
Que, el Decreto provincial 878/2003, en su artículo 3°, inciso 2), establece que el servicio, que puede ser prestado por la Municipalidad, podrá serlo mediante administración directa, o bien por órganos descentralizados.
Que, se estima conveniente acordar la concesión del servicio al Ente Municipal de Desarrollo de Zárate (ENDEZA), que es un ente público estatal, creado como ente descentralizado en los términos del artículo 204 del Decreto Ley 6769/58.-
Que, se estima que la descentralización del servicio mediante la concesión del mismo al citado ente autárquico-descentralizado, podrá otorgar al mismo una mayor concentración de esfuerzos, que se estima podría redundar en la mejora de servicio, atento que en el actual sistema, con el servicio a cargo del Municipio de manera directa genera una sobrecarga en los órganos de la Administración central municipal.-
Que, asimismo, actualmente el desarrollo operativo del servicio es contratado, mediante una locación, a la firma Aguas de Zárate, lo que se entiende prudente seguir manteniendo, pero transfiriendo o cediendo la posición del Departamento Ejecutivo en el contrato a favor del nuevo Concesionario, pasando éste a ocupar su lugar en el mismo, a fin también de mantener el desarrollo operativo por Aguas de Zárate, que a lo largo de los dieciocho años de existencia ha obtenido vasta experiencia en la faz operativa.-
Que, tratándose de dar en concesión un servicio público a un Ente Descentralizado municipal, es procedente su contratación directa.-
Que, por su parte, desde la asunción de la nueva administración municipal se concluyó que es un objetivo prioritario la elaboración de un Master Plan para la puesta en funcionamiento de una planta de tratamiento de efluentes cloacales en el Partido de Zárate, dado que en el actualidad no existe ninguna en funcionamiento.
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121-H.C.D. 484/24.-
Que, en ese sentido, resulta imprescindible contar con un Master Plan en el corto plazo para evaluar posteriormente alternativas de financiamiento y ejecución.
Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZARATE, en el 40 Aniversario del Informe “NUNCA MÁS”, en uso de sus facultades sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A Nº 5 2 0 7.-
ARTÍCULO 1º.- Incorpórase como inciso 25° al Artículo 4° de la Ordenanza 4608, el siguiente texto: “25.- Podrá ser concesionaria de servicios públicos municipales.”. -----
ARTÍCULO 2º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a celebrar Contrato de Concesión con el Ente Municipal de Desarrollo de Zárate (ENDEZA), creado por Ordenanza 4608, con el fin de darle en concesión la prestación y operación del suministro de agua potable, desagües cloacales y pluviales comprendiendo la captación y potabilización, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de agua potable; y la recepción, tratamiento, disposición y/o comercialización de desagües cloacales, incluyéndose también aquellos efluentes industriales que el régimen vigente permita que se viertan al sistema cloacal y la comercialización de los efluentes líquidos y los subproductos derivados de su tratamiento. En todos los casos dicho servicio incluye el mantenimiento, proyecto, construcción, rehabilitación y expansión de las obras necesarias para su prestación. Asimismo, podrá realizar obras de infraestructura, relacionada con la instalación de redes de agua, cloacas, colectores pluviales, electricidad, pavimentos y veredas, obras en paseos públicos, tanto en el ámbito público como privado. ------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a ceder a favor del Ente Municipal de Desarrollo de Zárate (ENDEZA) la condición de concedente operativo del contrato celebrado entre la Municipalidad de Zárate y la firma Aguas de Zárate S.A.P.E.M., aprobado mediante Ordenanza 4524. A los fines del párrafo anterior se autoriza a celebrar contrato de cesión de la concesión operativa, a suscribir por la Municipalidad de Zárate, la empresa Aguas de Zárate S.A.P.E.M., y el Ente Municipal de Desarrollo de Zárate (ENDEZA), ocupando éste último el lugar de la Municipalidad en dicho contrato.------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º.- Disponer que la Dirección General de Obras Sanitarias (D.O.S.Z.A.) aprobada por Decreto 1208 del 28 de diciembre de 2023 ejercerá las funciones de Ente de Control del Servicio de Suministro de Agua Potable y Desagües Cloacales concesionado, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2° de la Ordenanza 4524.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5º.- Aprobar el contrato de concesión del Servicio de Suministro de Agua Potable y Desagües Cloacales, con carácter de pautas mínimas, quedando facultado el Departamento Ejecutivo para formular las correcciones y ajustes que considere necesarios, de utilidad y de conveniencia, siempre que no modifique el contenido principal del modelo que se aprueba como ANEXO ÚNICO.----------------------------------
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121-H.C.D. 484/24.-
ARTÍCULO 6º.- Instrúyase a ENDEZA la elaboración dentro de los ciento ochenta (180) días hábiles de la promulgación de la presente, con posibilidad de prórroga en caso debidamente fundamentado, de un MASTER PLAN para el tratamiento de los efluentes cloacales del Municipio de Zárate al Río Paraná, para su presentación a las áreas competentes del Departamento Ejecutivo Municipal para su evaluación posterior de alternativas de financiamiento y ejecución.-----------------------------------------------------
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los seis días del mes de Diciembre de dos mil veinticuatro.