Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº3685

Decreto Nº 3685

Bahia Blanca, 06/12/2024

Visto y considerando

Visto la Ordenanza que antecede, sancionada por ese Honorable Cuerpo Deliberativo con fecha 28 de noviembre de 2024 y recibida en este Departamento Ejecutivo el día 4 de diciembre de 2024; mediante la cual se condona a todos aquellos contribuyentes cuyo vehículo esté comprendido por los modelo-año 1990 y 2000, el impuesto a los automotores determinado por la Ley Impositiva 15.391 de la Provincia de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2023; y en el mismo sentido también, condona a los contribuyentes titulares de vehículos alcanzados por el impuesto a los automotores municipalizado por Ley 13.010 de la Provincia de Buenos Aires, la diferencia resultante entre el impuesto liquidado por la Municipalidad de Bahía Blanca para el Ejercicio Fiscal 2023 y el determinado para el mismo período por la Ley Impositiva 15.391 de la Provincia de Buenos Aires, atento lo dispuesto en la misma, y en virtud de las atribuciones establecidas en el Decreto-Ley 6769/58,

el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

DECRETA

ARTÍCULO 1º)- Promúlguese, acúsese recibo y regístrese bajo el Nº21.995.-

ARTÍCULO 2º)- Individualizar los dominios de los vehículos modelo-año 1990 a 2000, cuyos contribuyentes del impuesto a los automotores determinado por la Ley Impositiva 15.391 de la Provincia de Buenos Aires, se encuentran alcanzados por la condonación establecida en el Artículo 1° de la Ordenanza 21.995, en un todo de acuerdo al detalle que como Anexo I, forma parte integrante del presente Decreto.-

ARTÍCULO 3º)- Individualizar los dominios de los vehículos alcanzados por el impuesto a los automotores municipalizados por Ley 13.010 de la Provincia de Buenos Aires, y determinado por la Ley Impositiva 15.391 de la Provincia de Buenos Aires, que se encuentran beneficiados por la condonación establecida en el Artículo 2° de la Ordenanza 21.995, en un todo de acuerdo al detalle que como Anexo II, que forma parte integrante del presente Decreto.-

ARTÍCULO 4º)- Cúmplase, dése al Registro Oficial, tomen nota Subsecretaría de Ingresos Públicos, Departamento de Recaudación; comuníquese al Honorable Concejo Deliberante; hecho: ARCHÍVESE.-

Anexos

ANEXO I

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ANEXO II

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