Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 399
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 11/12/2024
Visto las presentes actuaciones iniciadas por la señora Rocío Belén Molleker, D.N.I. 42.399.690, C.U.I.T. 27-42399690-6, solicitando autorización para la realización de la fiesta de egreso de la Facultad de Medicina, el día 14 de diciembre de 2024, desde las 23 horas hasta las 6 horas del día siguiente, en el predio denominado Moonpark, ubicado en calle Rastreador Fournier 6500 (lindero al Autódromo Ezequiel Crisol); y considerando la documentación aportada por el organizador y lo informado por la Dirección General de Defensa Civil; el VICEJEFE DE GABINETE Y GOBIERNO, en uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 4995/2023,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º) - Autorizase a la señora Rocío Belén Molleker, D.N.I. 42.399.690, C.U.I.T. 27-42399690-6, a realizar la fiesta, bailable, de egreso de la Facultad de Medicina, el día 14 de diciembre de 2024, desde las 23 horas hasta las 5.30 horas del día siguiente, en el predio denominado Moonpark, ubicado en calle Rastreador Fournier 6500 (lindero al Autódromo Ezequiel Crisol), con un factor de ocupación máximo de 2500 personas, de acuerdo a la cobertura establecida en la póliza de seguro al espectador, contratada por la organizadora del evento.-
ARTÍCULO 2º) - Hágase saber a la organizadora que deberá gestionar la Licencia Provincial para la comercialización de bebidas alcohólicas (REBA). En caso de no cumplimentarse estos requisitos, la autorización otorgada por la presente se dejará sin efecto.-
ARTICULO 3°) - Déjese establecido que el evento se realiza bajo la exclusiva responsabilidad del organizador, por accidentes que pudieran ocurrir por negligencias imputables a la organización y que deberán dar cumplimiento a la Ordenanza Nº 20.916 (ruidos molestos) y a lo dispuesto en el Art. 15º de la misma, en relación a la colocación de un limitador de sonido.
ARTICULO 4º) - La presente autorización es otorgada en función de la documentación presentada por los organizadores y al resultado de la inspección técnica que deberán realizar la Dirección General de Defensa Civil conjuntamente con la Dirección General de Fiscalización, para constatar el cumplimiento de todos los requisitos señalados al organizador. En caso de incumplimiento, quedará automáticamente suspendido el evento.-
ARTICULO 5º) - En el supuesto caso de que el Servicio Meteorológico Nacional produzca una alerta temprana de tormenta severa, deberá proceder a la suspensión de evento.-
ARTICULO 6º) - Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tomen nota Departamento Habilitaciones Comercio e Industria, Dirección General de Defensa Civil y ARCHIVESE.-