Boletines/Salto
Decreto Nº 1425/19
Salto, 09/09/2019
Visto
que por Expediente Nº4099-35006/19 tramita el llamado a Licitación Pública Nº02/19 para la obra denominada “Construcción de núcleo sanitario en la Escuela de Educación Primaria Nº16 de la localidad de Arroyo Dulce, Ptdo. de Salto”; autorizada oportunamente mediante Decreto Nº0974/19; y
Considerando
Que, la apertura de las ofertas se encuentra prevista para el día 20 de Agosto de 2019;
Que, mediante informe producido conjuntamente por la Dirección de Educación y la Dirección de Compras, las mismas ponen de manifiesto la necesidad de suspender el proceso licitatorio previsto, atento que la inestabilidad por la que atraviesa la economía actual de nuestro País ha provocado que el Presupuesto Oficial para la obra en cuestión, haya quedado desactualizado;
Que, los principios básicos de la contratación estatal ordena que los servidores públicos tendrán en consideración que al celebrar contratos y con la ejecución de los mismos, las entidades buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados;
Que, las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal se desarrollarán con arreglo a los principios de transparencia, economía y responsabilidad y de conformidad con los postulados que rigen la contratación, los principios generales del derecho y los particulares del derecho administrativo, debiendo para ello ordenar las convocatorias públicas necesarias para brindar la oportunidad a todos los interesados en participar, en condiciones de igualdad, en los trámites administrativos respectivos para la presentación y evaluación de las ofertas y adjudicación de los contratos en la forma y oportunidad establecidas en los pliegos de condiciones;
Que, dada la competencia de este Departamento Ejecutivo para ordenar y dirigir los procesos de selección y para escoger a los contratistas; y tomando en cuenta las consideraciones realizadas por el Servicio Jurídico en su Dictamen Nº753/19 resulta oportuno y necesario dictar el presente acto administrativo a los fines de revocar el Decreto Municipal Nº0974/19 por el cual se autoriza el llamado a Licitación Pública Nº02/19;
Que, en virtud de lo expuesto, deviene procedente autorizar a la Dirección de Contaduría a reintegrar las sumas percibidas por el Municipio, correspondientes al valor del Pliego Licitatorio, PESOS CINCO MIL ($5.000.-) a los interesados que hayan procedido a su adquisición;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALTO en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Revocar en todos sus términos el Decreto Municipal Nº0974/19 por el cual se autoriza el llamado a Licitación Pública Nº02/19 que tramita por Expediente Nº4099-35006/19 para la obra denominada “Construcción de núcleo sanitario en la Escuela de Educación Primaria Nº16 de la localidad de Arroyo Dulce, Ptdo. de Salto”, en un todo de acuerdo con lo establecido en el artículo 113º de la Ordenanza Gral. Nº267/80 regulatoria del proceso administrativo municipal y con los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2º: Autorizar a la Dirección de Contaduría a efectivizar el reintegro de PESOS CINCO MIL ($5.000.-) a los interesados que hayan procedido a la adquisición del Pliego Licitatorio que rigiera la Licitación Pública Nº02/19; de conformidad con lo establecido en el artículo precedente y en un todo de acuerdo con las actuaciones llevadas a cabo en el Expediente Nº4099-35006/19.-
ARTICULO 3º: Imputar la erogación autorizada en el artículo precedente conforme lo establecido por el artículo 165º del Decreto Provincial Nº2980/00 – RAFAM.-
ARTICULO 4º: Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido, archivar.-