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Decreto Nº1855

Decreto Nº 1855

Bolivar, 25/10/2024

Visto

El Expediente N° 4013-503/23 por el cual la propicia el llamado a Licitación Pública N° 8/2023 para la provisión de materiales y mano de obra y/o todo otro bien o servicio necesario para la obra de Balizamiento Aeródromo de Bolívar y; 

Considerando

Que por Decreto N° 1751/23 se aprobó el llamado a Licitación Publica N° 08/2023 para la “obra de Balizamiento Aeródromo de Bolívar”;

Que la obra fue presupuestada en la suma de pesos veinticuatro millones cuatrocientos setenta y dos mil novecientos once con 79/100 ($24.472.911,79); 

Que se han cumplimentado las publicaciones en el Boletín Oficial y en diarios locales, conforme lo dispuesto en el artículo 142° de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Que según acta de apertura de fecha 03 de Octubre de 2023, se han presentado dos (2) oferentes: SEPAC AVIACION S.A. y BALIZAR S.R.L.;

Que con fecha 9 de Octubre de 2023 se reunió la comisión de preadjudicación, y realizaron el análisis de los requisitos mínimos a cumplir para verificar la admisibilidad de la propuesta conforme a los requisitos técnicos, económicos y financieros del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares, donde se verifica que ambos oferentes presentan la documentación incompleta, otorgándole 72 horas a fin de que acompañen la documentación faltante;

Que de acuerdo al Acta N° 2 de la comisión de preadjudicación con fecha 20 de Octubre del año 2023, se constató la recepción de la documentación en tiempo y forma y se procedió a continuar con la evaluación del Sobre N° 1, donde se verifico que ambos oferentes cumplían con los requisitos legales exigidos en los instrumentos licitatorios y se comunica la apertura del Sobre N° 2, a llevarse a cabo el día 23 de Octubre de 2023;

Que el día 30 de Octubre se reúne la comisión de preadjudicacion y llevó a cabo la evaluación de la documentación del Sobre N° 2 y se observa que el puntaje final y total de la empresa SEPAC AVIACIÓNS.A. fue de 100 puntos, y la  empresa BALIZAR S.R.L. obtuvo  un puntaje de 72.05 puntos, es por eso que la Comisión considero que la oferta presentada por la firma SEPAC

AVIACIÓN S.A. cumplía con los requisitos legales exigidos en los instrumentos licitatorios, y obtuvo el mayor puntaje según las consideraciones del pliego de bases y condiciones legales generales y particulares, recomendando preadjudicar la licitación y remitir la documentación del proceso licitatorio a la Dirección Nacional de Arquitectura del Ministerio de Obras Publicas de la Nación para la toma de conocimiento;

Que en el Acta N° 4 de fecha 21 de Febrero las partes expusieron que atento al tiempo transcurrido, y ante la falta de respuesta del Estado Nacional, se considera oportuno hacer una Presentación Ciudadana solicitando al organismo citado ut supra que se expidan al respecto;

Que en el Acta N° 5 de la comisión de preadjudicacion de fecha 25 de Octubre, exponen que con fecha 16 de Julio de 2024, se recibe nota NO-2024-74447917-APN-DNGO#MOP expedida por el Director Nacional de Gestión de Obras, Jorge Luis Ríos, donde informa: “…esta Dirección Nacional se encuentra a la espera de la definición y aprobación de los procedimientos y circuitos administrativos correspondientes, como así también de la disponibilidad presupuestaria para el ejercicio 2024 de la Secretaria de Obras Públicas”. Es por eso que deciden ante el tiempo transcurrido, y al haber obtenido una respuesta no satisfactoria, priorizando mantener el interés fiscal del municipio y sabiendo que es facultad del departamento ejecutivo rechazar todas las propuestas sin que eso genere compromiso alguno, esta comisión considero oportuno desestimar las propuestas y tramitar la baja de la licitación;

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1º: Aprobar la Licitación Pública N° 8/2023, que tramita por expediente nro. 4013-503/23, por haberse cumplimentado con todos los procedimientos legales para su tramitación.

Artículo 2°: Desestimar las propuestas recibidas por las firmas SEPAC AVIACION S.A. y BALIZAR S.R.L. y consecuentemente dar de baja la Licitación Pública N° 8/2023 expediente nro. 4013-503/23.

Artículo 3°: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Contaduría, Tesorería y Oficina de Compras a efectos de su fiel cumplimiento.

Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, conforme el Decreto N° 2490/2023.

Artículo 5º: Notifíquese, Comuníquese, dése al libro de Decretos y Cumplidos los trámites de estilo, archívese