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Ordenanza Nº7312

Ordenanza Nº 7312

Baradero, 16/08/2024

Visto las actuaciones administrativas que corren en el expediente municipal Nro. 4009-20-05763-18, Letra “I”, por donde tramita la solicitud de eximición de tasas municipales.
Considerando que a fes. 62 luce certificado de discapacidad.
Que, en virtud de la situación anteriormente referida, resulta necesario brindar una solución excepcional; coadyuvando de esta manera con el contribuyente que atraviesa por esta difícil situación que debe afrontar gastos de diversas indoles, como por ejemplo la compra de medicamentos que no son cubiertos por obras sociales.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello;
Tratado y Aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, sanciona con fuerza de Ley la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase al Sr. Illarramendi Eduardo Alberto, titular DNI 17.742.684, del pago de las Tasas por Alumbrado, Barrido, Limpieza, Conservación de la Vía Pública y Servicios Sanitarios por el ejercicio 2024.
La eximición que se acuerda no comprende la Tasa por Alumbrado Público, la que de acuerdo a la Ordenanza N°960 carece de todo régimen de eximición.
Artículo 2°: Condonase la deuda devengada que registra el contribuyente Illarramendi Eduardo Alberto, titular DNI 17.742.684, - Cuenta Nro. 3900 – por los periodos 09/22, 10/22, 11/22 y ejercicio 2023, 14/23 en concepto de Tasas Alumbrado, Barrido, Limpieza Conservación de la Vía Pública y Servicios Sanitarios; con sus correspondientes recargos que mantiene con la municipalidad de Baradero. Dicha condonación no comprende los periodos abanados.

Artículo 3°: La eximición y condonación de los artículos precedente corresponde al inmueble cuya designación catastral es: Circunscripción II, Sección A, Quinta 6, Manzana 6b, Parcela 23, (Cuenta Nro.3900) sito en calle Libertad Nro. 888 de la ciudad de Baradero.
Artículo 4°: Comuníquese a la Dirección de Recursos Municipales para su registro y notificación.
Artículo 5°: Encomiéndese al Departamento Ejecutivo que comunique la presente al peticionante.
Artículo 6°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal. Fecho, archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en Sesión Ordinaria llevada a cabo a los 16 días del mes de agosto de 2024.