Boletines/Baradero
Ordenanza Nº 7309
Baradero, 02/08/2024
Visto: El Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición final (PRO.DE.CO), dispuesto en el marco de las previsiones de la Leyes Nacionales N°20.785 y N°26.348, Decreto N°993/2008, Resolución N°542/2021;
Y considerando: Que, existe una gran cantidad de vehículos (principalmente motocicletas) en las Dependencias Municipales. Que con relación a muchos de los rodados secuestrados no se ha presentado persona alguna a retirarlos y/o acreditar derechos sobre los mismos.
Que la mayoría de estos vehículos por las condiciones en que se encuentran representan un peligro para el Medio Ambiente y la Salud, por resultar posibles focos de contaminación por lo cual se ha planteado una situación de Emergencia que amerita una pronta resolución.
Que, asimismo la preservación de los vehículos conlleva ocupación de espacios físicos con costo de mantenimiento, que podrían ser mejor aprovechados en cuanto a su destino o, en su defecto, ahorrados esos costos por parte del Municipio.
Que el depósito de esta clase de rodados implica la erogación de recursos económicos y humanos para el Municipio (alquileres, servicios de fumigación, vigilancia, etc.)
Que a los efectos de tomar una decisión a esta problemática habrá que tener en cuenta que en relación a los vehículos de referencia, que los mismos contienen algunas sustancias que podrían resultar contaminantes (tales como líquido de frenos, baterías, nafta, aceitas, entre otros) La situación descripta, hace indispensable someter estos vehículos al procedimiento de descontaminación, compactación y disposición final, en cumplimiento de lo preceptuado por la Ley Nro. 26.348;
Por ello;
Tratado y Aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, sanciona con fuerza de Ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: El municipio de Baradero se adhiere al “Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores” (PRO.DE.CO) creado por la Resolución N°542/21 del Ministerio de Seguridad de la Nación y por la Ley Nacional N° 26348, sin perjuicio de las disposiciones y procedimientos establecidos por la Ley Provincial N° 14547.
Artículo 2°: Autorícese al Departamento Ejecutivo a formalizar los convenios correspondientes dispuestos por la Resolución 542/21, para llevar adelante su implementación y ejecución.
Artículo 3°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal. Fecho, archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en Sesión Ordinaria llevada a cabo a los dos días del mes de agosto de dos mil veinticuatro.