Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 2008
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 02/12/2024
Visto las presentes actuaciones referidas a la solicitud de Permiso de Funcionamiento interpuesto por Gabriela Lujan Herrera, D.N.I. 22.845.831, Contribuyente N° 93531, para para la explotación en la vía pública, mediante un puesto fijo, de un carro para la Venta de cubanitos, situado en la calle Bélgica N° 1218, de la Localidad de Bahía Blanca, y;
CONSIDERANDO
Que la solicitud de Permiso de Funcionamiento ha sido interpuesta con fecha 22 de Mayo de 2024;
Que a fojas 8, obra Acta de Inspección N° 79357 de fecha 28 de Mayo de 2024, donde se constata que reúne las condiciones para el desarrollo de la actividad;
Que de fojas 11 a 15, obra documentación presentada por la parte interesada a fin de evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que consultada la cuenta corriente del Contribuyente N° 93531, se observa que el mismo se encuentra al día con los pagos por el concepto de Derechos por Comercialización en la Vía Pública.
Que a fojas 23, el Departamento Habilitaciones informa que, habiéndose cumplimentado con los requisitos higiénico - sanitarios conforme a la Ordenanza N°11866 que regula la actividad, corresponde otorgar el permiso de funcionamiento por el termino de un (1) año a Gabriela Lujan Herrera, para desarrollar actividades bajo el rubro VENTA DE CUBANITOS, en el domicilio de calle Bélgica N°1218, de la Localidad de Bahía Blanca;
Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las facultades delegadas mediante Decreto Nº 2900/2021:
- R E S U E L V E -
ARTÍCULO 1º)- Otórgase el correspondiente Permiso de Funcionamiento a Gabriela Lujan Herrera, D.N.I. 22.845.831, Contribuyente N° 93531, para para la explotación en la vía pública, mediante un puesto fijo, de un carro para la Venta de cubanitos, situado en la calle Bélgica N° 1218, de la Localidad de Bahía Blanca, por el término de un (1) año, operando su vencimiento el día 17 de diciembre 2025, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°)- Déjese constancia que la vigencia del Permiso otorgado en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditado al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgado el Permiso.
ARTÍCULO 3°)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad del Permiso otorgado, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.
ARTICULO 4º)- Cúmplase, tomen nota Departamento Recaudación, Departamento de Habilitaciones, dése al R.O., hecho: Archívese.