Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº250

Resolución Nº 250

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 16/12/2024

Visto las presentes actuaciones, a través de las cuales se solicita la recategorización de los agentes Marianela Beatriz MENDOZA, legajo N°16.687, y Sebastián BORETTINI, legajo N°15.672, dependientes del Proceso APELL; y,

CONSIDERANDO

Que lo solicitado radica en que los agentes mencionados desempeñan diversas labores administrativas, técnicas, de control e inspección detalladas a fojas 1 y 2 de las presentes.

Que a fojas 3 y 4 la Subsecretaría de Ambiente y la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat prestan conformidad a lo requerido.

Que a fojas 5, la Secretaría de Economía eleva el correspondiente informe y gira las actuaciones a la Junta de Calificaciones, Ascensos y Promociones para su consideración.

Que a fojas 8 se expide la Junta de Calificaciones, Ascensos y Promociones, no encontrando inconvenientes en las recategorizaciones propuestas, designando a los agentes en cuestión interinamente en la categoría 05/2A, a partir del día de su notificación.

Que, por lo expuesto, y teniendo en cuenta el informe de fojas 9 de la Subdirección de Capital Humano y la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto y por la Contaduría General, obrante a fojas 9 vta., el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

R E S U E L V E

ARTICULO 1º:  Recategorizar designando en forma interina en categoría 05/2A, a la agente Marianela Beatriz MENDOZA, legajo N°16.687, dependiente del Proceso APELL (oficina Nº613), manteniendo su categoría de revista efectiva y su jornada horaria ampliada de cuarenta (40) horas semanales, a partir del día de su notificación y por el término de un (1) año tal lo establecido en el Artículo 17º del Convenio Colectivo de Trabajo.-

ARTICULO 2º: Recategorizar designando en forma interina en categoría 05/2A, al agente Sebastián BORETTINI, legajo N°15.672, dependiente del Proceso APELL (oficina Nº613), manteniendo su categoría de revista efectiva y su jornada horaria ampliada de cuarenta (40) horas semanales, a partir del día de su notificación y por el término de un (1) año tal lo establecido en el Artículo 17º del Convenio Colectivo de Trabajo.-

ARTICULO 3º: Déjase constancia que a la fecha, los agentes mencionados en los Artículos 1° y 2°, dan cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3º de la Ordenanza 20.161 de Adhesión al Partido de Bahía Blanca a la Ley Provincial 15.134 "Ley Micaela".-

ARTICULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110123000, Categoría Programática 01.01.00, Gasto 1.1.1.5.-

ARTICULO 5º: Cúmplase, notifíquese, tome nota el Departamento Administración del Personal, Subdirección de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Subsecretaría de Ambiente, dése al R.O. Cumplido: ARCHIVESE.-