Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 558
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 21/11/2024
Vista la Resolución 240/2024 mediante la cual se otorgó una licencia sin goce de haberes al agente Benjamín Evelio SALGADO, legajo N°15.150, dependiente de la División de Control y Ordenamiento Urbano (Oficina N°345), a partir del día 31 de mayo de 2024 y por el término de seis meses, y considerando:
Que, a fojas 9 del presente expediente el agente Benjamín Evelio SALGADO solicita extender por 6 meses más la licencia que le ha sido otorgada en dicho acto administrativo, por motivos de índole personal.
Que dicha solicitud de prorroga de licencia sin goce de haberes,cuenta con el aval de la Subdirección de Control y Ordenamiento Urbano y la Subsecretaría de Movilidad Urbana y Transporte a fojas 10 y 11 del expediente de referencia.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo establece en su artículo 58º: “Por causas no previstas en esta ley y que obedezcan a motivos de real necesidad debidamente documentados, podrán ser concebidas licencias especiales con o sin goce de haberes. Para hacer uso de esta licencia el trabajador deberá contar con una actividad mínima inmediata de un (1) año como planta permanente a la fecha de su designación. – El uso de licencia sin goce de haberes, salvo las indicadas precedentemente, coloca al trabajador en situación de inactividad”.
Que a fojas 12 del presente expediente el Departamento Administración del Personal reitera lo informado oportunamente a fojas 4, respecto de que el agente Benjamín Evelio SALGADO, legajo N°15.150, reviste en planta permanente, en categoría 08/2C, y su fecha de ingreso es el 01/09/2013.
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º) Otórguese una prórroga a la licencia sin goce de haberes del agente Benjamín Evelio SALGADO, legajo N°. 15.150, dependiente de la División de Control y Ordenamiento Urbano, a partir del día 01 de diciembre de 2024 y por el término de seis meses, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 58° del Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por Ordenanza N°18.601, y en un todo de acuerdo a los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
ARTICULO 2º) Notificase, tomen nota el Departamento Administración del Personal, Dirección de Obra Social, División de Control y Ordenamiento Urbano, dése al R.O. y ARCHÍVESE.